Requisitos para ingresar a Brasil
VISAS / VISADOS
Do you need a visa? To find out if you need a visa to travel to Brazil, click here.
Nicaragua. Los ciudadanos nicaragüenses no necesitan visas de turismo - en lo concerniente a viaje de placer, visitas familiares, visitas a empresas, seminarios, congresos, capacitaciones, encuentros, talleres, foros, ferias, o de negocios, reunión con proveedores para tomar decisiones y firmar documentos, establecer relaciones comerciales, visitas de trabajo/eventos, convenciones, reuniones de trabajo, reuniones negocios - para ingresar a Brasil para estadía de hasta 90 días. Para viajar a Brasil es necesario solamente tener pasaporte nicaragüense con vigencia mínima de 6 (seis) meses.
Brasil y Nicaragua firmaron acuerdo en 2017 sobre la exoneración de visados de turismo y negocios. Para leer el Acuerdo haga clic en el siguiente enlace:
https://www.in.gov.br/materia/-/asset_publisher/Kujrw0TZC2Mb/content/id/887712/
A los nacionales de paises partes del “Acuerdo sobre Documentos de Viaje de los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados” (Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, Perú, Uruguay y Paraguay) no se les requiere visa de turismo para viajar a Brasil.
Ciudadanos venezolanos que deseen entrar en Brasil para turismo o negocios pueden utilizar su cédula de ciudadanía venezolana o su pasaporte vigente o expirado en los últimos cinco años, para estadías de hasta 60 días.
https://www.gov.br/mre/pt-br/embaixada-managua/espanol/visa-de-visitante
VACUNAS
En el caso de la Fiebre Amarilla, la vacuna no figura como requisito obligatorio para ingresar a Brasil; la vacuna contra la Fiebre Amarilla es recomendada. Sin embargo, puede ser requerida por la aerolínea como protocolo de embarque - la Embajada no se hace responsable de los trámites de las aerolíneas.
En el caso de la pandemia de COVID-19, la vacuna no figura como requisito obligatorio para ingresar a Brasil desde mayo de 2023. Sin embargo, puede ser requerida por la aerolínea como protocolo de embarque - la Embajada no se hace responsable de los trámites de las aerolíneas. Brasil no diferencia entre viajeros vacunados y no vacunados contra COVID-19. Los pasajeros no vacunados y no vacunados en su totalidad no necesitan presentar comprobante de realización de prueba RT-PCR o de antígeno, con resultado negativo o no detectable para COVID-19. Brasil no diferencia entre viajeros vacunados y no vacunados contra COVID-19. Cuarentena: no requerido. Test de COVID-19: no requerido. Formularios: no requerido. Mascarilla: no requerido.
Fuentes de información:
- 25 de maio de 2023: https://www.gov.br/anvisa/pt-br/assuntos/noticias-anvisa/2023/revogadas-normas-sobre-ingresso-de-viajantes-adotas-durante-pandemia-de-covid-19
Si tiene cualquier duda referente a vacunas, envíe su consulta a la ANVISA de Brasil mediante el formulario electrónico:
https://www.gov.br/anvisa/pt-br/canais_atendimento/formulario-eletronico
MASCOTAS
Para el ingreso de perros y gatos en Brasil es necesario presentar el Certificado Veterinário Internacional (CVI) o el Pasaporte Pet, que sea reconocido por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Abastecimiento del Brasil (MAPA), emitido por la Autoridad Veterinaria del país de origen.
El Certificado Veterinario Internacional es válido por 60 dias a partir de la fecha de emisión, desde que la vacuna antirrábica esté válida, e incluya información sobre: vacuna antirrábica; tratamiento contra parásitos internos y externos; examen clínico realizado por un veterinario registrado.
Cuando se trate de animales primo vacunados contra la rabia, la salidad del país de origen deberá ser autorizada solamente después de 21 (veintiún) días después de la aplicación de esa vacuna.
Los animales con menos de 3 (tres) meses de vida podrán ingresar a Brasil desde que la Autoridad Veterinaria del País de origen certifique, en campo del CVI correspondiente, que la edad del animal es de menos de 90 (noventa) dias y que el no estuvo en ninguna propiedad donde haya ocurrido caso de rabia urbana en los últimos 90 (noventa) días, teniendo como base la declaración del propietario y/o las informaciones epidemiológicas oficiales.
El país o zona de origen que cumpla con lo establecido en el capítulo correspondiente del Código Terrestre de la Organización Internacional de las Epizootias (OIE) para ser declarado oficialmente libre de rabia, incluso si no hay una vacuna aprobada oficialmente, estará exento de la aplicación de la vacuna. En este caso, Brasil deberá reconocer esa condición y la certificación del país o zona libre deberá ser incluída en el certificado.
En el CVI deberán constar los datos sobre inmunizaciones vigentes contra otras enfermedades. Además deberán constar los tratamientos veterinarios aplicados en los animales en los últimos 3 (tres) meses.
El animal deberá ser sometido, dentro de los 15 (quince) días anteriores a la fecha de emisión del CVI, a un tratamiento eficaz de amplio espectro contra los parásitos internos y externos, utilizando productos veterinarios aprobados por la Autoridad Veterinaria del país de origen.
El animal deberá ser sometido, dentro de los 10 (diez) días anteriores a la fecha de emisión del CVI, a un examen clínico realizado por un médico veterinario registrado en el País de origen, que certifique que el animal se encuentra clinicamente saludable, sin evidencias de parásitos y que está apto para su transferencia al Brasil.
Brasil podrá no autorizar la entrada en su territorio de animales previamente diagnosticados con Leishmaniose.
https://www.gov.br/agricultura/pt-br/assuntos/vigilancia-agropecuaria/animais-estimacao
cvi.gru@agricultura.gov.br (unidade VIGIAGRO do aeroporto em Guarulhos-SP)
vigiagro@agricultura.gov.br