Legalización Consular de Documentos Extranjeros
La atención presencial en la Sección Consular de la Embajada de Brasil en La Habana se brinda exclusivamente con cita previa. Las personas sin cita previa NO podrán ingresar a las instalaciones de la Embajada.
Para solicitar una cita, envíe un correo electrónico a consular.havana@itamaraty.gov.br proporcionando sus datos personales e indicando el servicio que desea realizar.
Horario de atención:
-de lunes a viernes
-9:30 a 12:00 (servicios previamente programados)
-2:00 pm a 3:00 pm (entrega de visas y documentos listos)
INFORMACIONES GENERALES
De conformidad con el art. 224 del Código Civil, art. 192 del Código de Procedimiento Civil, art. 129 y 148 de la Ley de Registros Públicos/1973 y el Decreto nº 13.609, de 21/10/1943, para que surta efectos jurídicos en Brasil, un documento redactado en lengua extranjera debe ser legalizado ("consularización") por una oficina consular brasileña y posteriormente traducido, en Brasil, por un traductor público jurado debidamente registrado en la junta comercial.
LEGALIZACION DE DOCUMENTOS (TASAS CONSULARES EN USD SOLO EN EFECTIVO) |
USD |
Legalización de documentos escolares emitidos en Cuba (títulos, certificaciones de notas, planes de estudio etc) |
5,00 |
Legalización de documentos no escolares destinados a otros fines emitidos en Cuba (certificaciones de nacimiento, matrimonio, antecedentes penales, otros documentos de registro civil) |
20,00 |
Cuba no es parte del Convenio de la Apostilla (La Haya).
La legalización y el reconocimiento de firmas se aplican a diplomas, expedientes escolares, poderes privados (a diferencia de los poderes públicos emitidos por la Sección Consular), contratos, propuestas de licitación, papeles que formalizan donaciones a instituciones brasileñas y todo tipo de documentos para presentarse en un tribunal o ante una autoridad en Brasil. No serán legalizados los documentos que justifiquen un acto jurídico contrario a la legislación brasileña o local. La legalización se refiere únicamente a la firma adherida al documento y no significa aceptación o aprobación del contenido del documento.
El Sector Consular sólo podrá legalizar documentos emitidos dentro de su jurisdicción.
Una vez legalizado por el MINREX, el interesado deberá solicitar cita para legalizar el documento en el sector Consular de la Embajada de Brasil en La Habana.
La legalización consular se realiza mediante el cobro de tasas consulares.
Después del procedimiento de legalización consular, los documentos deberán ser traducidos al portugués por un traductor público brasileño. Ley nro. 6.015, del 31 de diciembre de 1973, art. 129, dispone: "Son sujetos de inscripción, en el Registro de Títulos y Documentos, para que surtan efectos frente a terceros: ... de los Estados, del Distrito Federal, de los Territorios y de los Municipios o en cualquier instancia, juzgado o tribunal".
Únicamente las Cámaras de Comercio de los estados y del Distrito Federal cuentan con un listado de profesionales legalmente habilitados para realizar traducciones juradas en diversos idiomas extranjeros. Por lo tanto, para ponerse en contacto con traductores públicos jurados, debe dirigirse a la junta de comercio competente.
ADVERTENCIA:
Los documentos emitidos en Brasil solo pueden ser legalizados por el Sector de Legalización de la División de Documentos y Actos Consulares (DDAC), en Brasília, o por las Oficinas Regionales autorizadas.
En caso de duda, contactar con el sector consular por correo electrónico: consular.havana@itamaraty.gov.br
Para contato com a Seção de Legalização
Divisão de Documentos e Atos Consulares (DDAC)
Ministério das Relações Exteriores – MRE
Esplanada dos Ministérios – Bloco H, Anexo I, Térreo
CEP: 70170-900, Brasília – DF
Telefone: (61) 2030-8813
Fax: (61) 2030-8811
Email: cgleg@itamaraty.gov.br