ORIENTACIONES GENERALES
VISAS - ORIENTACIONES GENERALES
Concesión de visa:
La concesión de la visa no constituye un derecho del solicitante y sí un acto soberano del Estado solicitado. El proceso de pedido de visa requiere el pago de los emolumentos consulares correspondientes y su eventual denegación no implica el reembolso de la cantidad pagada.
Entrada en Brasil:
La concesión de la visa constituye una mera expectativa de entrada y permanencia en Brasil por el plazo estipulado. Corresponderá a las autoridades migratorias brasileñas, al momento de su llegada, permitir o no el ingreso del extranjero al territorio brasileño.
Extranjero en tránsito por Brasil:
Será exigida visa (visa de visita) de ciudadanos de países que no mantienen acuerdo de exención de visa con Brasil y que, en tránsito por el territorio nacional, no tengan pasaje combinado (reserva única) para embarcar rumbo a su destino final. En ese caso, se hace necesario pasar por las autoridades de inmigración brasileñas y presentar la respectiva visa.
No se exigirá visa a pasajeros internacionales en tránsito por Brasil que tengan pasaje aéreo con reserva única, aunque sean de compañías aéreas diferentes. En este caso, los pasajeros no tendrán que pasar por las autoridades de inmigración brasileñas, puesto que permanecerán en el área de conexión internacional del aeropuerto, no siendo necesario la presentación de la visa.
El Sector Consular recomienda que los interesados consulten con su/sus compañía/compañías aérea/aéreas para averiguar si la reserva es única o no.
Ante la eventualidad, si la visa es exigida, el extranjero deberá solicitar la Visa de Visita (VIVIS).
Antecedentes penales:
En los casos en que el certificado de antecedentes sea exigido, el extranjero deberá presentar certificados de todos los países donde residió durante los últimos 12 (doce) meses, debidamente apostillados (para los países miembros de la Convención de la Apostilla) o legalizados por la repartición consular brasileña competente.
Menores de 18 años:
En caso de que el menor viaje desacompañado o solo en compañía de uno de sus responsables, se presentará junto a la solicitud de visa una autorización de viaje notarizada de ambos progenitores o responsables legales, caso contrario los progenitores deberán comparecer al Sector Consular, para firmar la autorización de emisión de visa, presentando original de certificado de nacimiento.
Además de eso deberán firmar el formulario (Recibo de Entrega de Requerimiento).
Pasaportes:
El solicitante debe presentar pasaporte válido para obtener visa. Posteriormente, cuando el pasaporte expire, no será obligatorio solicitar otra visa. El extranjero podrá, en este caso, viajar con dos pasaportes, uno nuevo con la validez respectiva para cumplir con los trámites de aeropuerto más el pasaporte antiguo, donde se encuentra estampada la visa aún válida. Por lo tanto, solo es necesario solicitar visa nueva cuando el plazo de validez de la misma se encuentre vencido o por vencer.
Plazos:
Validez de la visa: Se refiere al plazo que dispone el extranjero para ingresar a Brasil con la visa. Por ejemplo, una visa con validez de 1 año, otorgada el día 01/12/2017, podrá ser utilizada para ingresar a Brasil hasta el día 30/11/2018.
Plazo de estadía: Se refiere al número total de días que el extranjero puede permanecer en Brasil. Si el plazo de estadía es de 90 días, el extranjero podrá permanecer en Brasil por un periodo máximo de 90 días por año calendario.
Plazo de entrega:
A partir del día que el interesado presenta los documentos solicitados y considerando que todas las exigencias hayan sido cumplidas por el extranjero, el Sector Consular dispone de un plazo de 05 (cinco) días hábiles para entregar la visa.
Solicitud de visa por terceros:
Es posible que un tercero realice los trámites de una visa solicitada por otra persona. En este caso, se debe informar esta situación por e-mail consular.guatemala@itamaraty.gov.br.
Tipos de visas - Visas de Visita e Visas Temporarias
- Visa de Visita (VIVIS)
- Visa para Investigación, Estudio o Extensión Académica (VITEM I)
- Visa para Investigación, Estudio o Extensión Académica con Vínculo Laboral (VITEM I)
- Visa para tratamiento de Salud (VITEM II)
- Visa Estudiantes (VITEM IV)
- Visa de Trabajo (VITEM V)
- Visa Religiosos (VITEM VII)
- Visa para Servicio Voluntario (VITEM VIII)
- Visa para Inversión (VITEM IX)
- Visa Temporaria para Fines de Reunión Familiar (VITEM XI)
- Visa para Deportistas o Artistas (VITEM XII)
Si después de leer toda la información en nuestra página web aún existen dudas acerca del tipo de visa a solicitar o con relación a los documentos exigidos, el interesado deberá enviar un e-mail a consular.guatemala@itamaraty.gov.br. En el contenido del e-mail, deberá especificar el mayor número de datos, por ejemplo: nacionalidad, motivo del viaje, estadía, si habrá o no remuneración por parte de fuente brasileña, etc.
PARA FINALIZAR SEU ATENDIMENTO ENVIE UN E-MAIL PARA: consular.guatemala@itamaraty.gov.br Y SOLICITE SU AGENDAMIENTO.