Visa Voluntario (VITEM VIII)
ATENDIMIENTO SOLAMENTE MEDIANTE CITA PREVIA. A partir del 08/03/2021, el servicio consular - Visas - solo se puede solicitar mediante programación en el sistema e-consular. Para realizar la solicitud de este servicio, el solicitante debe seguir los pasos a seguir.
1 - Solicitar la cita a través del sistema e-consular: https://ec-bogota.itamaraty.gov.br/
* Para obtener más información sobre el uso del e-consular, consulte el paso a paso disponible aquí.
* Atención: los datos personales deben ser tratados de acuerdo a lo presentado en el registro de nacimiento.
* Para las personas que tienen CPF, se recomienda utilizar el inicio de sesión a través de la plataforma e-gov para acceder al sistema e-consular, lo que facilita la solicitud de servicios del Gobierno Federal de Brasil. En caso de no contar con este número de identificación, debe ingresar a la plataforma con la dirección de correo electrónico y registrar su contraseña.
2 - Reunir la documentación de acuerdo a los requisitos de la visa, la cual deberá ser presentada en original al momento de la cita presencial.
Visa para Servicio Voluntario (VITEM VIII)
Valor VITEM VIII: COP 550.000
Para solicitar visa para prestación de servicio voluntario sin vínculo laboral en entidad sin fines lucrativos, la persona interesada deberá presentarse en la Embajada, de lunes a viernes, de las 09h a las 12h, con los siguientes documentos:
I - Documento de la entidad con sede en Brasil, invitando al extranjero para la prestación de servicios para la prestación de servicios en condición de voluntario;
II – Acto constitutivo o estatuto social de la entidad requiriente, debidamente registrado en el órgano competente;
III – Acto de nombramiento o de eleccion de la directoría actual;
IV – Comprobante de inscripción en el Consejo de Asistencia Social respectivo (cuando sea el caso) o certificado que lo califica como organización de sociedad civil de interés público, expedido por el Ministerio de Justicia (cuándo sea el caso)
V- Documento que describa el lugar donde será efectuada la prestación del servicio en condición de voluntario y las actividades que serán realizadas por el extranjero;
VI – Carta de responsabilidad de la entidad por la permanencia del extranjero en Brasil y por su regreso al país de origen;
VII – Carta de responsabilidad mediante la cual la organización o el instituto a cargo, asume toda y cualquier despensa médica y hospitalaria del extranjero invitado, así como de sus dependientes, durante su permanencia;
VIII – Documento que compruebe la experiencia profesional o calificaciones compatibles con las actividades que serán ejercidas; y
IX – Prueba de que la entidad se encuentra en pleno y regular funcionamiento.
El interesado debe igualmente presentar:
1) Registro civil de nacimiento (original o copia autenticada) apostillado;
2) Copia autenticada de pasaporte
3) Constancia de Antecedentes Judiciales, con fines migratorios, expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia - disponible en linea. El certificado debe informar que el solicitante no registra antecedentes. Menores de edad no necesitan presentar dicho documento;
Orientaciones para solicitar la constancia de antecedentes criminales:
- Ingresar a https://tramites.cancilleria.gov.co/ApostillaLegalizacion/PolNal/solicitud.aspx
- Seleccionar opción "Antecededentes judiciales"
- Llenar formato con los datos
- Marcar Si en "Confirmar fines documento"
- Completar informaciones sobre pasaporte
- Seleccionar país (Brasil)
- Realizar pago correspondiente
En caso de que el solicitante no sea colombiano, pero sea residente, debe presentar el certificado de antecedentes judiciales expedido por Interpol Colombia (Avenida El Dorado # 75-25, Bogotá). El certificado debe ser posteriormente apostillado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia. En caso de que el solicitante no sea colombiano y tampoco sea residente, debe presentar el certificado de antecedentes judiciales expedido en su país de residencia, no siendo exigida la traducción si está escrito en los idiomas español, inglés o francés, debidamente legalizado o apostillado según el caso.
Presentados los documentos mencionados, se iniciará el periodo de análisis por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores del Brasil, la concesión de visa dependerá de consulta a Brasil.
Después del análisis, y sólo en caso de aprobación del pedido, será necesario, para aplicación de la visa en el pasaporte, presentar los siguientes documentos:
a. Pasaporte original con mínimo dos páginas en blanco;
b. Foto reciente en posición frontal 3cmx4cm tipo pasaporte a color con fondo claro. No se aceptan fotos instantáneas, fotocopias o fotos digitales;
c. Protocolo del formulario de visa impreso, debidamente firmado por el titular del pasaporte en el cuadro inferior (o padres/representante legal del menor), y con la foto pegada en el cuadro superior respectivo;
Pago de la tasa consular: Valor para ciudadanos colombianos: COP 550.000 - el cual debe ser pagado para que se analice la solicitud.
El plazo para trámite de solicitudes por medio de los consulados honorarios es de 10 días hábiles + tiempo de envío.
Las solicitudes con atendimiento directamente en el sector consular en Bogotá son entregues en el mismo día en general.
En caso de dudas o inquietudes, el solicitante de la visa podrá comunicarse con el sector consular por medio del correo: consular.bogota@itamaraty.gov.br
Actualizado: 27/11/2023