Colombianos a Brasil
Viaje de nacionales colombianos a Brasil
* A partir del 21 de mayo de 2023, las autoridades migratorias brasileñas ya no exigirán de los viajeros internacionales el certificado de vacunación contra el Covid-19 ni la presentación de resultado negativo de prueba para rastreo de la infección por el SARS-CoV-2 (Covid-19). Las aerolíneas y los operadores aeroportuarios ya han sido notificados, por la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria (Anvisa), sobre el fin de la exigencia de presentación de estos documentos.
IMPORTANTE: Los ciudadanos colombianos NO necesitan visa para entrar en Brasil para fines de turismo, tránsito o negocios:
1- Pasaporte que sea válido durante su estadia, cédula de ciudadanía ó tarjeta de identidad (para menores de 18 años), desde que estén en buen estado de conservación y tengan foto que permita identificar claramente el titular (la cédula ó tarjeta debe ser física - no se acepta documento digital); y
2- Pasaje de entrada y salida de Brasil.
Para entrada en Brasil NO se exige actualmente vacuna fiebre amarilla, y tampoco es obligatoria la presentación del Certificado Internacional de Vacunación o Profilaxis. La vacunación es solamente recomendable, para la salud del extranjero, y no como requisito migratorio.
Para más informaciones sobre la vacuna de fiebre amarilla para su retorno a Colombia:
* Si usted no es ciudadano colombiano averigüe si necesita de visa en los documentos a continuación, en portugués o inglés.
En caso de menor de edad acompañado únicamente por uno de sus padres, por una tercera persona o desacompañado, debe tener consigo durante todo el viaje, copia de la autorización de salida que fue tramitada para poder salir de Colombia. La información puede ser consultada en la página de Migración Colombia.
El plazo máximo de permanencia en Brasil para ciudadanos colombianos es de 90 (noventa) días. Si desea prorrogar su estadía, debe acercarse a la Policía Federal ANTES de cumplir el tiempo de estadía que le fue otorgado al momento de la entrada, hacer su solicitud y cancelar el valor establecido. Esta prórroga es concedida a la discreción de la Policía Federal.
El ingreso sin visa le permite:
- Realizar actividades de carácter turístico, informativo, cultural, educacional o recreativo.
- Realizar viaje de negocios, visitas a plantas industriales, ferias, y otras instituciones.
- Participar en competencias artísticas o deportivas.
- Participar en seminarios y conferencias de carácter cultural, tecnológico o científico.
En ningun caso, será permitido recibir remuneración en el territorio brasileño, con excepción de los valores correspondientes a viáticos o a premios de competencias artísticas o deportivas.
Informaciones sobre los destinos turísticos en Brasil pueden ser encontradas en: http://www.visitbrasil.com/es/
Entrada a Brasil en carro
Los ciudadanos colombianos que quieran ingresar a Brasil como turistas por vía terrestre, deberán presentar:
- Documento de identidad (cédula o pasaporte vigente)
- Licencia de Conducción vigente
- Tarjeta de propiedad del vehículo
- Seguro Obligatorio vigente
- Demás documentación en regla exigida por el gobierno colombiano para autorizar la salida de vehículos (favor consultar las autoridades colombianas para conocer información detallada acerca de los documentos exactos que solicitan para vehículos particulares y de servicio público).
En el momento de registrar su vehículo en Brasil, deberá presentar el registro de entrada dado por la Policía Federal (sello en el pasaporte o en la tarjeta de ingreso que se diligencia al hacer migración) y la Declaración Simplificada de Importación (DSI - le será entregada por la aduana brasileña) debidamente diligenciada.
Con estos documentos, las autoridades brasileñas competentes le expedirán la autorización de admisión temporaria que deberá conservar todo el tiempo que esté en territorio brasileño. El tiempo de estadía máximo autorizado es de 90 días prorrogables a consideración de las autoridades brasileñas competentes.
La tarjeta de propiedad del vehículo debe estar a nombre de la persona que está conduciendo, caso contrario, debe presentar una carta autenticada del propietario autorizando la salida del país del vehículo, con todos los datos de la persona que lo va a manejar y especificando el itinerario para poder salir de Colombia y realizar el ingreso a Brasil.
Actualizado: 29/09/2023