VISA PARA RELIGIOSOS (VITEM VII)
VISA PARA RELIGIOSOS (VITEM VII)
Antes de iniciar un proceso de solicitud de visa, verifique el link Visas-Informaciones Generales, el Portal Consular para saber si la solicitud es necesaria, y la Lista de Tasas Consulares, para conocer sus costos.
Documentos obligatorios para la solicitud de VITEM VII:
- Pasaporte válido con 2 hojas libres;
- Protocolo obtenido del Formulario de Solicitud de Visa, que debe ser completado “online”. Imprima el archivo “pdf” resultante del mismo, conteniendo el código de barras de identificación;
- Certificado Negativo de Antecedentes Penales apostillado en el país de origen del documento;
- 1 foto de 3x4 cm con fondo blanco; y
- Certificado de nacimiento (legible, con los nombres de ambos padres) para efectos de registro de la visa en Policía Federal de Brasil.
El VITEM VII puede tener validez de hasta 1 año y está sujeto al criterio de la jurisdicción consular, o sea, solamente se podrá requerir en el lugar de residencia.
El VITEM VII puede ser concedido al extranjero que vaya a Brasil en condición de ministro de confesión religiosa o miembro de instituto de vida consagrada o confesional o de orden religiosa.
Además de los documentos antes mencionados se deberán presentar también:
De la institución religiosa:
- Acta de constitución en Brasil;
- Comprobante de poderes de representación legal de su dirigente; y
- Compromiso financiero de la entidad en Brasil y salida del territorio nacional del religioso.
Del interesado:
- Curriculum vitae;
- Certificado de ordenación y/o certificado de estudios que compruebe la formación religiosa;
- En caso de miembro de vida consagrada, presentar prueba de esta condición; y
- Cuando corresponda, declaración de que solo ejercerá actividades en área indígena mediante autorización expresa de la FUNAI.
Para la concesión del VITEM VII es indispensable comprobar el carácter religioso de la misión del interesado. Aun cuando el extranjero disponga de título de orden religiosa, si el propósito del viaje no fuera el desempeño de misión religiosa en Brasil (por ejemplo: estudiar teología en institución brasilera), no le será concedido el VITEM VII.
Cuando el VITEM VII tenga un plazo superior a 30 días, será necesario su registro en el Departamento de Policía Federal dentro de los 30 días de entrada en el país.
Procedimiento:
Para solicitar el servicio, acceda a la página de agenda en la plataforma e-Consular
Complete las informaciones y envíe las imágenes de los documentos necesarios
Si su documentación está completa, el Consulado le enviará un e-mail con el link para que usted pueda agendarse para concurrir presencialmente.
Consulte Lista de Tasas Consulares para conocer el costo del servicio.