VISAS
La Visa es un documento emitido por el Consulado para el ingreso de un ciudadano extranjero a Brasil con la intención de realizar determinada actividad. No obstante, el permiso de ingreso quedará supeditado al criterio de la Policía Federal de Brasil (autoridad migratoria) pudiendo, en caso de que lo considere conveniente, impedirlo o reducir el tiempo de estadía.
Los ciudadanos de Australia, Canadá y Estados Unidos están eximidos de presentar Visa de Visita para ingresar en el territorio brasileño hasta el día 09/04/2025, ya que a partir del día 10/04/2025 se retoma la exigencia de visas (Decreto nº 11.982). Si usted ya tiene una visa pegada en su pasaporte que esté dentro de su validad, podrá utilizarla con normalidad. Si usted pretende arribar a partir del 10 de abril de 2025 preciará obligatoriamente precisará tramitar una, pudiendo hacerlo de forma remota mediante la plataforma https://brazil.vfsevisa.com/ .Esta postergación del plazo contribuirá a la organización y protección del sector para emitir su visa de manera rápida y 100% digital.
En caso de duda, podrá solicitar orientaciones al correo visa.cordoba@itamaraty.gov.br
VISA DE VISITA (VIVIS - TURISMO, NEGOCIOS, TRÁNSITO, ARTES, DEPORTES)
VISA TEMPORARIA I (VITEM I - INVESTIGADOR/CULTURAL)
VISA TEMPORARIA II (VITEM II - TRATAMIENTO DE SALUD)
VISA TEMPORARIA III (VITEM III - AYUDA HUMANITARIA)
VISA TEMPORARIA IV (VITEM IV - ESTUDIO)
VISA TEMPORARIA V (VITEM V- TRABAJO)
VISA TEMPORARIA VI (VITEM VI - VACACIONES-TRABAJO)
VISA TEMPORARIA VII (VITEM VII - RELIGIOSO)
VISA TEMPORARIA VIII (VITEM VIII -SERVICIO VOLUNTARIO)
VISA TEMPORARIA IX (VITEM IX - INVERSIONES)
VISA TEMPORARIA X (VITEM X - ACTIVIDAD DE RELEVANCIA ECONÓMICA, CIENTÍFICA, TECNOLÓGICA O CULTURAL)
VISA TEMPORARIA XI (VITEM XI - REUNIÓN FAMILIAR)
VISA TEMPORARIA XII (VITEM XII - ACTIVIDADES ARTISTICAS Y DEPORTIVAS)
VISA TEMPORARIA XIII (VITEM XIII - MERCOSUR /ACUERDOS INTERNACIONALES)
VISA TEMPORARIA XIV - (VITEM XIV - POLÍTICA MIGRATORIA / NÓMADE DIGITAL)
VISA TEMPORARIA XV - (VICAM - PERFECCIONAMIENTO MÉDICO)
VISAS DIPLOMÁTICAS, OFICIALES Y DE CORTESÍA.
VISA PERMANENTE -ACUERDO BRASIL ARGENTINA
ACUERDO DE SÃO BORJA (BRASIL-ARGENTINA) SOBRE EXENCIÓN DE VISAS: Texto en español - Texto en portugués
VIVIS - TURISMO, NEGOCIOS, TRÁNSITO, ARTES Y DEPORTES
Podrá ser concedida al visitante que venga a Brasil para estadía de corta duración (hasta 90 días) para realizar las siguientes actividades de turismo, negocios, tránsito, artísticas y deportivas mientras que sean no remuneradas.
No obstante, el beneficiario de la VIVIS podrá recibir pago del gobierno, del empleador brasileño o de entidad privada a título de diaria, ayuda de costos, caché o gastos de viaje.
La nacionalidad del turista determinará si para ingresar a Brasil con fines de turismo precisará de visa.
Para la entrada y permanencia en Brasil con fines de turismo, los ciudadanos de países integrantes del Mercosur no necesitan la visa, sólo es necesario presentar el documento de identificación vigente. Los ciudadanos de Australia, Canadá y Estados Unidos están eximidos de presentar Visa de Visita para ingresar en el territorio brasileño hasta el día 09/01/2024, ya que a partir del día 10/01 se retoma la exigencia de visas (Decreto 11692/2023). Para visa electrónica, consulte https://brazil.vfsevisa.com/ . Ciudadanos de Japón están eximidos de visa para actividades de turismo, siendo que a partir del 30/09/2023 comienza a regir un acuerdo recíproco de exención de visas que tendrá una validez inical de 3 años.
Los nacionales del Mercosur y estados asociados podrán utilizar como documento de viaje su documento de residente (DNI en el caso de Argentina), además de su cédula de identidad y pasaporte emitidos por su país de origen. Para más detalles clique aquí para conocer el Acuerdo que establece los documentos de viaje aceptados en el Mercosur.
Si usted es de otra nacionalidad a las mencionadas aquí, podrá conocer si precisa de visa clicando en este link https://www.gov.br/mre/pt-br/assuntos/portal-consular/vistos/informacoes-sobre-vistos-para-estrangeiros-viajarem-ao-brasil#voceprecisa
En caso de precisar una visa debe contactarse con un Consulado de Brasil. En el siguiente link podrá conocer la red consular en Argentina: https://www.gov.br/mre/pt-br/assuntos/portal-consular/reparticoes-consulares-do-brasil/regiao/argentina/argentina
Ciudadanos de Australia, Canadá y Estados Unidos están eximidos de presentar Visa de Visita para ingresar en el territorio brasileño hasta el día 09/01/2024, ya que a partir del día 10/01 se retoma la exigencia de visas (Decreto 11692/2023). Si usted ya tiene una visa pegada en su pasaporte que esté dentro de su validad, podrá utilizarla con normalidad. Si usted pretende arribar a partir del 10 de enero de 2024 preciará obligatoriamente precisará tramitar una, pudiendo hacerlo de forma remota mediante la plataforma https://brazil.vfsevisa.com/ . En caso que su arribo esté previsto para el día 09/01/2024, recomendamos que también la tramite para no verse perjudicado en caso que eventuales situaciones que retrasen su llegada al país.
Para consultas, escriba para visa.cordoba@itamaraty.gov.br
Siguen a continuación los requisitos para cada modalidad de Visa de Visita.
VIVIS -Turismo
a) Pasaporte;
b) Boleto de entrada y salida de Brasil;
c) Complete el Formulário de solicitud de visa que le permetirá generar su Recibo de Entrega de Requerimiento (RER). Deberá imprimir y firmar el RER, posteriormente pegar la fotografia indicada en el ítem d). Al completar el formulario recuerde de guardar el código de recuperación del requerimiento porque esto le permitirá eventualmente editar su solicitud.
d) Una foto del requiriente en tamaño 6x5 cm, reciente, con fondo blanco y de alta calidad conforme los modelos de referencia;
e) Comprobante de solvencia económica (extracto bancario o de tarjeta de crédito recientes);
f) O referido serviço é cobrado de acordo com a tabela de emolumentos consulares. Para maiores informações poderá consultar pelo correio visa.cordoba@itamaraty.gov.br;
g) Menores de edad: deberán presentarse ambos progenitores o responsables legales con la partida de nacimiento del menor, original apostillada y copia. Cuando alguno o ambos de ellos no puedan hacerlo deberá ser incluido documento justificativo (declaración judicial de ausencia; certificado de defunción; resolución judicial de guarda o tutela; autorización de viaje que incluya gestión ante reparticiones consulares).
h) A criterio de la autoridad consular podrá ser solicitada documentación adicional y/o entrevista con el candidato a la visa.
Para solicitar/agendar atención presencial para este servicio deberá ingresar en el sistema e-consular habiendo digitalizado previamente todos los requisitos indicados anteriormente. ALERTA: Ingresando en el Sistema e-consular y Después de haber cargado todos los requisitos, recuerde de clicar finalmente el botón para que su solicitud pueda ser validada.
VIVIS - Negocios
a) Carta en que el responsable de la empresa solicita visa de negocios para el empleado o para si propio, hecha en papel con membrete de la empresa, con los siguientes datos:
-motivo del viaje;
-plazo que va a permanecer en Brasil;
-nombre y dirección de la empresa a ser visitada en Brasil;
-aclaración de que la persona que viaja no percibirá ningún tipo de remuneración en Brasil.
-Comprobación de vínculo laboral con la empresa en Argentina.
b) Pasaporte;
c) Partida de Nacimiento (copia)
d) Complete el Formulário de solicitud de visa que le permetirá generar su Recibo de Entrega de Requerimiento (RER). Deberá imprimir y firmar el RER, posteriormente pegar la fotografia indicada en el ítem e);
e) Una foto del requiriente en tamaño 6x5 cm, reciente, con fondo blanco y de alta calidad conforme los modelos de referencia;
f) CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES ARGENTINO y copia. Una vez emitido por el Registro Nacional de Reincidencia, debe ser legalizado con la Apostilla de la Haya en:
·Colegio de Escribanos o en el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto (Arenales 816. Ciudad Autónoma de Bs. As.-Tel.(011 48197000)
g) O referido serviço é cobrado de acordo com a tabela de emolumentos consulares. Para maiores informações poderá consultar pelo correio visa.cordoba@itamaraty.gov.br.
Para solicitar/agendar atención presencial para este servicio deberá ingresar en el sistema e-consular habiendo digitalizado previamente todos los requisitos indicados anteriormente. ALERTA: Ingresando en el Sistema e-consular y Después de haber cargado todos los requisitos, recuerde de clicar finalmente el botón para que su solicitud pueda ser validada.
VIVIS - Tránsito
Si usted en el transbordo de aeronave permanece dentro del área internacional del aeropuerto, no precisará de ninguna visa. Caso contrario, en que usted saldrá del área internacional del aeropuerto, deberá tramitar la presente visa. Siguen los requisitos a presentar:
a) Pasaporte;
b) Boleto de entrada y salida de Brasil;
c) Complete el Formulário de solicitud de visa que le permetirá generar su Recibo de Entrega de Requerimiento (RER). Deberá imprimir y firmar el RER, posteriormente pegar la fotografia indicada en el ítem d);
d) Una foto del requiriente en tamaño 6x5 cm, reciente, con fondo blanco y de alta calidad conforme los modelos de referencia;
e) O referido serviço é cobrado de acordo com a tabela de emolumentos consulares. Para maiores informações poderá consultar pelo correio visa.cordoba@itamaraty.gov.br;
f) Menores de edad: deberán presentarse ambos progenitores o responsables legales con la partida de nacimiento del menor, original apostillada y copia. Cuando alguno o ambos de ellos no puedan hacerlo deberá ser incluido documento justificativo (declaración judicial de ausencia; certificado de defunción; resolución judicial de guarda o tutela; autorización de viaje que incluya gestión ante reparticiones consulares).
g) Comprobante de solvencia económica (extracto bancario o de tarjeta de crédito recientes).
h) A criterio de la autoridad consular podrá ser solicitada documentación adicional y/o entrevista con el candidato a la visa.
Para solicitar/agendar atención presencial para este servicio deberá ingresar en el sistema e-consular habiendo digitalizado previamente todos los requisitos indicados anteriormente. ALERTA: Ingresando en el Sistema e-consular y Después de haber cargado todos los requisitos, recuerde de clicar finalmente el botón para que su solicitud pueda ser validada.
VISIS - Actividades artísticas o deportivas
a) Pasaporte;
b) Partida de Nacimiento actualizada y copia;
c) Complete el Formulário de solicitud de visa que le permetirá generar su Recibo de Entrega de Requerimiento (RER). Deberá imprimir y firmar el RER, posteriormente pegar la fotografia indicada en el ítem d);
d) Una foto del requiriente en tamaño 6x5 cm, reciente, con fondo blanco y de alta calidad conforme los modelos de referencia;
e) La tasa consular a abonar es de acuerdo a la tabla emolumentos consulares. Para mayores informaciones podrá consultar al correo visa.cordoba@itamaraty.gov.br;
Para solicitar/agendar atención presencial para este servicio deberá ingresar en el sistema e-consular habiendo digitalizado previamente todos los requisitos indicados anteriormente. ALERTA: Ingresando en el Sistema e-consular y Después de haber cargado todos los requisitos, recuerde de clicar finalmente el botón para que su solicitud pueda ser validada.
VITEM I - INVESTIGADOR
Para relizar actividades de investigación, docencia o extensión académica deberá tramitar una Visa temporaria I Cidadãos de qualquerpaís necessitam de VITEM I, caso desejem realizar atividade de pesquisa, ensino ou extensão acadêmica.
a) Pasaporte válido;
b) Carta de aceptación en cursos regulares de graduación, maestría o doctorado (original), emitida por establecimiento reconocido ante el Ministerio de Educación brasilero, con firma reconocida en cartório;
c) Certificado de compromiso de mantenimiento hecho ante Escribano y legalizado en el Colegio de Escribanos con la Apostilla de la Haya; o prueba de capacidad financiera autenticada por Escribano y legalizada por el Colegio de Escribanos con la Apostilla de la Haya, o declaración de beca, que deberá ser autenticada en cartório.
d) CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES ARGENTINO y copia: una vez emitido por Registro Nacional de Reincidencia (www.dnrec.jus.gov.ar), debe ser legalizado con la Apostilla de la Haya en el:
· Colegio de Escribanos de las Provincias o en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto(Arenales 816. Ciudad Autónoma de Bs. As.- Tel. (011)48197000
e) Partida de Nacimiento legalizada con la Apostilla de la Haya (en el Colegio de Escribanos) y copia;
f) Complete el Formulário de solicitud de visa que le permetirá generar su Recibo de Entrega de Requerimiento (RER). Deberá imprimir y firmar el RER, posteriormente pegar la fotografia indicada en el ítem g). Al completar el formulario recuerde de guardar el código de recuperación del requerimiento porque esto le permitirá eventualmente editar su solicitud;
g) Una foto del requiriente en tamaño 6x5 cm, reciente, con fondo blanco y de alta calidad conforme los modelos de referencia;
h) Comprobante de entrada y salida de Brasil: presentación de boletos de viaje o declaración jurada hecha en el Consulado.
i) Arancel para la visa: valor a consultar al correo visa.cordoba@itamaraty.gov.br. En virtud de acuerdo entre Brasil y Argentina, los ciudadanos de este país están exceptuados del pago de los aranceles consulares. Tenga presente que luego de entrar a Brasil, esta visa deberá ser registrada en la Policía Federal, trámite en el cual deberá abonar el siguiente arancel: emissão da Carteira de Registro Nacional Migratório (R$ 204,77 – Código 140120)
j) Autorização del CGIL (Coordenação-Geral de Imigração Laboral) del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública de Brasil. Esta autorización será requerida solamente en el caso de que exista un contrato laboral con el investigador.
Para solicitar/agendar atención presencial para este servicio deberá ingresar en el sistema e-consularhabiendo digitalizado previamente todos los requisitos indicados anteriormente. ALERTA: Ingresando en el Sistema e-consular y Después de haber cargado todos los requisitos, recuerde de clicar finalmente el botón para que su solicitud pueda ser validada.
VITEM II – TRATAMIENTO DE SALUD
El extranjero que requiera realizar un tratamiento de salud en Brasil podrá aplicar a una visa temporaria con validez máxima de 1 (un) año, la cual dependerá de consulta obligatoria por parte del Consulado a la SERE/DIM. Son los siguientes requisitos para aplicar a la visa:
a) Pasaporte válido;
b) Comprobación de medios de subsistencia para mantenerse durante su estadía en Brasil;
c) Comprobación de medios suficientes para costear el tratamiento por:
i) Recursos propios; o
ii) Seguro de salud válido en territorio nacional que ofrezca cobertura para tratamiento específico; o
iii) Certificado de prestación de servicio de salud previsto en acuerdo internacional.
d) Indicación médica o laudo médico que indique el tratamiento;
e) Estimativa del costo del tratamiento; y
f) Declaración del médico responsable, del hospital o de la clínica en que el tratamiento será realizado, asegurando que el tratamiento no impondrá obligaciones o gastos al Sistema Único de Salud brasilero, excepto en caso de resarcimiento.
g) Certificado De Antecedentes Penales Argentino: una vez emitido por Registro Nacional de Reincidencia (www.dnrec.jus.gov.ar), debe ser legalizado con la Apostilla de la Haya en el Colegio de Escribanos de las Provincias o en el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto (Arenales 816. Ciudad Autónoma de Bs. As.- Tel. (011)48197000
h) Partida de Nacimiento legalizada con la Apostilla de la Haya (en el Colegio de Escribanos donde fue emitido el documento o en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto(Arenales 816. Ciudad Autónoma de Bs. As.- Tel. (011)48197000 ) y copia;
i) Complete el Formulário de solicitud de visa que le permetirá generar su Recibo de Entrega de Requerimiento (RER). Deberá imprimir y firmar el RER, posteriormente pegar la fotografia indicada en el ítem h). Al completar el formulario recuerde de guardar el código de recuperación del requerimiento porque esto le permitirá eventualmente editar su solicitud;
j) Una foto del requiriente en tamaño 6x5 cm, reciente, con fondo blanco y de alta calidad conforme los modelos de referencia;
k) Comprobante de entrada y salida de Brasil: presentación de boletos de viaje
l) Certificado internacional de inmunización (cuando sea necesario);
m) Arancel para la visa: La tasa consular a abonar es de acuerdo a la tabla emolumentos consulares. Para mayores informaciones podrá consultar al correo visa.cordoba@itamaraty.gov.br. Tenga presente que luego de entrar a Brasil, esta visa deberá ser registrada en la Policía Federal, trámite en el cual deberá abonar el arancel para la emissão de la Carteira de Registro Nacional Migratório
Para solicitar/agendar atención presencial para este servicio deberá ingresar en el sistema e-consular habiendo digitalizado previamente todos los requisitos indicados anteriormente. ALERTA: Ingresando en el Sistema e-consular y Después de haber cargado todos los requisitos, recuerde de clicar finalmente el botón para que su solicitud pueda ser validada.
VITEM IV - ESTUDIO
El estudiante argentino o de otra nacionalidad que no requiera visa para visitar Brasil, no precisará de Visa de estudios para realizar cursos de hasta 90 días de duración. Caso contrario, deberá solicitar una Visa de estudios, cuyos requisitos son los siguientes:
a) Pasaporte;
b) Carta de aceptación en cursos regulares de graduación, maestría o doctorado (original), emitida por establecimiento reconocido ante el Ministerio de Educación brasilero, con firma reconocida en cartório;
c) Certificado de compromiso de mantenimiento hecho ante Escribano y legalizado en el Colegio de Escribanos con la Apostilla de la Haya; o prueba de capacidad financiera autenticada por Escribano y legalizada por el Colegio de Escribanos con la Apostilla de la Haya, o declaración de beca, que deberá ser autenticada en cartório.
d) CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES: Certificado de antecedentes penales (emitido en los últimos 90 días) por las autoridades del país/países de su residencia en los últimos 12 meses legalizado/s con la Apostilla de la Haya. La autoridad argentina que emite este documento es el Registro Nacional de Reincidencia (https://www.argentina.gob.ar/justicia/reincidencia).
· En Argentina, la legalización de la Apostilla de la Haya es realizada por el Colegio de Escribanos en cada Provincia o por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, Ciudad Autónoma de Bs. As.
e) Certificado de domicilio (el original) o fotocopia del DNI, como prueba de residencia en la República Argentina de un mínimo de 1 año; este tipo de visa está dispensado del criterio de jurisdicción consular y puede ser tramitado en cualquiera de los consulados brasileños en Argentina;
f) Partida de Nacimiento legalizada con la Apostilla de la Haya (en el Colegio de Escribanos donde fue emitido el documento o en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto(Arenales 816. Ciudad Autónoma de Bs. As.- Tel. (011)48197000 ) y copia;
g) Complete el Formulário de solicitud de visa que le permitirá generar su Recibo de Entrega de Requerimiento (RER). Deberá imprimir y firmar el RER, posteriormente pegar la fotografía indicada en el ítem h). Al completar el formulario recuerde de guardar el código de recuperación del requerimiento porque esto le permitirá eventualmente editar su solicitud;
h) Una foto del requirente en tamaño 6x5 cm, reciente, con fondo blanco y de alta calidad conforme los modelos de referencia;
i) Comprobante de entrada y salida de Brasil: presentación de boletos de viaje o declaración jurada hecha en el Consulado.
j) Certificado de alumno regular: emitido por la Universidad extranjera.
k) Arancel para la visa: En virtud de acuerdo entre Brasil y Argentina, los ciudadanos de este país están exceptuados del pago de los aranceles consulares. Para consultas, podrá escribir al correo visa.cordoba@itamaraty.gov.br. Tenga presente que luego de entrar a Brasil, esta visa deberá ser registrada en la Policía Federal, trámite en el cual deberá abonar el siguiente arancel: emissão da Carteira de Registro Nacional Migratório (R$ 204,77 – Código 140120)
l) Si solicita visa para cónyuge y/o hijos, deberá presentar las partidas de casamiento y/o de nacimiento de los hijos, debidamente legalizadas con la Apostilla de la Haya. A todos los imputables (a partir de los 16 años) será exigido Certificado Negativo de Antecedentes Penales emitido por el Registro Nacional de Reincidencia y legalizado con la Apostilla de la Haya.
k) Para estudiantes de INTERCAMBIO SECUNDARIO se aplican otras reglas. Si es su caso, informe al Consulado y solicite los requisitos correspondientes.
Para solicitar/agendar atención presencial para este servicio deberá ingresar en el sistema e-consular habiendo digitalizado previamente todos los requisitos indicados anteriormente. ALERTA: Ingresando en el Sistema e-consular y Después de haber cargado todos los requisitos, recuerde de clicar finalmente el botón para que su solicitud pueda ser validada.
VITEM-V - TRABAJO
(Depende de la autorización del Ministerio del Trabajo)
La empresa o la institución establecida en Brasil deberá hacer un contrato de trabajo o pasantía rentada al funcionario que quiere contratar. La propia empresa o institución tramitará ante el CGIL (Coordenação-Geral de Imigração Laboral do Ministério da Justiça e Segurança Pública), en Brasilia, la aprobación del contrato o pasantía. Una vez aprobado, el Ministerio de Justicia y Seguridad Pública comunica al Ministerio de Relaciones Exteriores en la ciudad de Brasilia, el cual autoriza al Consulado del Brasil correspondiente la concesión de la visa.
Una vez aprobada y autorizada, el solicitante deberá presentar en el Consulado los siguientes documentos:
a) Pasaporte;
b) CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES ARGENTINO y copia: una vez emitido por Registro Nacional de Reincidencia (www.dnrec.jus.gov.ar), debe ser legalizado con la Apostilla de la Haya en el Colegio de Escribanos de las Provincias o en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto (Arenales 816. Ciudad Autónoma de Bs. As.- Tel. (011)48197000.
c) Comprobante de residencia, expedido por la autoridad policial o fotocopia del DNI.
d) Partida de Nacimiento legalizada con la Apostilla de la Haya y copia;
e) Complete el Formulário de solicitud de visa que le permetirá generar su Recibo de Entrega de Requerimiento (RER). Deberá imprimir y firmar el RER, posteriormente pegar la fotografia indicada en el ítem f). Al completar el formulario recuerde de guardar el código de recuperación del requerimiento porque esto le permitirá eventualmente editar su solicitud;
f) Una foto del requiriente en tamaño 6x5 cm, reciente, con fondo blanco y de alta calidad conforme los modelos de referencia;
g) Arancel:La tasa consular a abonar es de acuerdo a la tabla emolumentos consulares. Para mayores informaciones podrá consultar al correo visa.cordoba@itamaraty.gov.br. Tenga presente que luego de entrar a Brasil esta visa deberá ser registrada en la Policía Federal, trámite por el cual deberá abonar el siguiente arancel: emissão da Carteira de Registro Nacional Migratório (R$ 204,77 – Código 140120)
Dependientes del titular de esta visa deberán comprobar el vínculo de dependencia por Partida de Nacimiento o de Casamiento y Libreta de Familia, debidamente legalizada con la Apostilla de la Haya. Caso el (la) titular ya esté en Brasil, la visa para los dependientes será concedida hasta la validez de la visa del titular que deberá comprobar, con copia autenticada de su pasaporte y RNE/RNM válida o protocolo de RNM, su condición de residente legal en Brasil.
Ciudadanos estadounidenses deberán agregar al valor de los aranceles la tasa de procesamiento de visa: (valor a consultar)
Para solicitar/agendar atención presencial para este servicio deberá ingresar en el sistema e-consular digitalizado previamente todos los requisitos indicados anteriormente.
ALERTA: Ingresando en el Sistema e-consular y Después de haber cargado todos los requisitos, recuerde de clicar finalmente el botón para que su solicitud pueda ser validada.
VITEM VII - RELIGIOSO
La visa está sujeta a la autorización del Ministerio de Relaciones Exteriores de Brasil. Requisitos a presentar:
I) DE LA INSTITUCIÓN RELIGIOSA EN BRASIL
a) ACTA DE CONSTITUCIÓN DE LA INSTITUCIÓN RELIGIOSA: 01 fotocopia autenticada por “cartório” (escribano) en el Brasil;
b) COMPROBANTE DE PODERES DE REPRESENTACIÓN LEGAL DE SU DIRIGENTE. Si fuere fotocopia deberá ser autenticada por escribano en Brasil;
c) COMPROMISO DE MANUTENCIÓN Y SALIDA otorgado por la entidad religiosa en Brasil, certificada por cartório;
II) DEL RELIGIOSO
a) PASAPORTE.
b) DECLARACIÓN DE ORDENACIÓN y/oANALÍTICO ESCOLAR que compruebe FORMACIÓN RELIGIOSA. En el caso de miembro de vida consagrada, prueba de esa condición y fotocopia autenticada de la misma. Si fuere presentada junto al original, la copia no necesita ser autenticada;
c) CURRÍCULUM VITAE (original);
d) CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES ARGENTINO y copia: una vez emitido por Registro Nacional de Reincidencia (www.dnrec.jus.gov.ar), debe ser legalizado por el Colegio de Escribanos de la Provincia o por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto (Arenales 816. Ciudad Autónoma de Bs. As.- Tel. (011)48197000.
e) CERTIFICADO DE DOMICILIO de la jurisdicción consular (original) o FOTOCOPIA DEL DNI, como prueba de residencia en la República Argentina, no menor a 1 año;
f) Partida de Nacimiento legalizada con la Apostilla de la Haya y copia;
g) Adicionalmente, y si fuere el caso, ACTA DE MATRIMONIO o PARTIDA DE NACIMIENTO de los dependientes. Original y copia;
h) DECLARACIÓN JURADA DE AUSENCIA de antecedentes penales, policiales o judiciales realizada en el Consulado de Brasil;
i) Complete el Formulario de solicitud de visa que le permetirá generar su Recibo de Entrega de Requerimiento (RER). Deberá imprimir y firmar el RER, posteriormente pegar la fotografia indicada en el ítem j). Al completar el formulario recuerde de guardar el código de recuperación del requerimiento porque esto le permitirá eventualmente editar su solicitud;
j) Una foto del requiriente en tamaño 6x5 cm, reciente, con fondo blanco y de alta calidad conforme los modelos de referencia;
k) ARANCEL :La tasa consular a abonar es de acuerdo a la tabla emolumentos consulares. Para mayores informaciones podrá consultar al correo visa.cordoba@itamaraty.gov.br. Tenga presente que esta visa deberá ser registrada en la Policía Federal de Brasil, trámite por el que deberá abonar el siguiente arancel: emissão da Carteira de Registro Nacional Migratório (R$ 204,77 – Código 140120)
Para solicitar/agendar atención presencial para este servicio deberá ingresar en el sistema e-consularhabiendo digitalizado previamente todos los requisitos indicados anteriormente. ALERTA: Ingresando en el Sistema e-consular y Después de haber cargado todos los requisitos, recuerde de clicar finalmente el botón para que su solicitud pueda ser validada.
VISA TEMPORÁRIA XI - REUNIÓN FAMILIAR
Documentos del ciudadano extranjero (originales y copias):
1-Pasaporte válido,
2-Partida de Nacimiento legalizada con la Apostilla de la Haya y copia,
3- Complete el Formulário de solicitud de visa que le permetirá generar su Recibo de Entrega de Requerimiento (RER). Deberá imprimir y firmar el RER, posteriormente pegar la fotografia indicada en el ítem 4). Al completar el formulario recuerde de guardar el código de recuperación del requerimiento porque esto le permitirá eventualmente editar su solicitud;
4-Una foto del requiriente en tamaño 6x5 cm, reciente, con fondo blanco y de alta calidad conforme los modelos de referencia;
5-Certificado de Antecedentes Penales argentino y copia: una vez emitido por Registro Nacional de Reincidencia (www.dnrec.jus.gov.ar), el Certificado debe ser legalizado con la Apostilla de Haya por el Colegio de Escribanos de las Provincias o por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina en la Ciudad Autonoma de Buenos Aires;
6- Declaración jurada de ausencia de antecedentes penales, policiales o judiciales.
7-Una declaración informando que pretende vivir con su familiar brasileño en Brasil, con firma reconocida por escribano público, legalizada por el Colegio de Escribanos;
8-DNI o constancia de domicilio del requiriente;
9-Documento original que compruebe el vínculo familiar (casamiento, uniao estável/convivencial etc.) y legalizado con la Apostilla de la Haya;
10-Tasa consular: La tasa consular a abonar es de acuerdo a la tabla emolumentos consulares. Para mayores informaciones podrá consultar al correo visa.cordoba@itamaraty.gov.br;
11-Menores: La solicitud de la visa a menores deberá ser presentada por ambos padres, de forma personal o mediante autorización expresa y debidamente legalizada.
Documentos del ciudadano brasileño:
a) Partida de nacimiento original y copia
b) Documento de identidad brasileño y copia
c) Declaración de responsabilidad (firma reconocida en el Consulado)
OBS: Tenga presente que luego de entrar a Brasil, esta visa deberá ser registrada en la Policía Federal, trámite en el cual deberá abonar el siguiente arancel: emissão da Carteira de Registro Nacional Migratório (R$ 204,77 – Código 140120)
Para solicitar/agendar atención presencial para este servicio deberá ingresar en el sistema e-consular habiendo digitalizado previamente todos los requisitos indicados anteriormente. ALERTA: Ingresando en el Sistema e-consular y Después de haber cargado todos los requisitos, recuerde de clicar finalmente el botón para que su solicitud pueda ser validada.
VITEM XIII - MERCOSUR / ACUERDOS INTERNACIONALES
Si usted es argentino y pretende gestionar una visa que lo habilite a residir en Brasil, con derecho a trabajar y estudiar, recomendamos tramitar la Residencia permanente del Acuerdo bilateral ya que le sería de mayor beneficio frente a esta Residencia temporaria de 2 años. Esta recomendación también la realizamos porque en virtud de las medidas sanitarias vigentes por la pandemia, los portadores de visa solo pueden ingresar por vía aérea, y en estas condiciones le seria de mayor conveniencia y economía tramitar en Brasil la mencionada Residencia permanente. Para más informaciones puede consular al correo visa.cordoba@itamaraty.gov.br.
La Residencia Temporaria del Mercosur es un permiso para poder vivir en Brasil con derecho a trabajar y estudiar, válido por 2 años. Esta residencia se concede con base en el Acuerdo de Residencia para los Nacionales del MERCOSUR (“Decreto 6964, de 29 de setembro de 2009” http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/_Ato2007-2010/2009/Decreto/D6964.htm) y está previsto que, al final de ese período, pueda usted realizar el trámite para transformar su residencia temporaria en permanente.
Usted podrá realizar el trámite directo ante la Policía Federal de Brasil (DPF), que es la autoridad migratoria, o alternativamente, iniciar el trámite ante el Consulado de Brasil para luego terminarlo ante la DPF.
TRÁMITE ANTE LA POLICÍA FEDERAL DE BRASIL
Usted deberá generar en Argentina los documentos indicados en los ítems 2) y 3), legalizarlos como se indica, y viajar a Brasil entrando en la condición de turista. Luego debe completar el formulario de pedido de autorización y agendar turno en la página de la Policía Federal de Brasil https://www.gov.br/pf/pt-br/assuntos/imigracao/autorizacao-residencia/formularios/capa . El trámite del pedido de residencia lo tramitará ante la delegación de la Policía Federal más cercana a su domicilio (puede conocer las delegaciones en https://www.gov.br/pf/pt-br/acesso-a-informacao/institucional/quem-e-quem) y el día del turno, deberá presentarse con los siguientes requisitos, acompañados de copias legalizadas en un cartório de Brasil:
1. D.N.I, Pasaporte o Certificado de nacionalidad expedido por autoridad consular.
2. Certificados de antecedentes penales de los países donde residió los últimos 5 años. * El CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES ARGENTINO lo emite el Registro Nacional de Reincidencia (www.dnrec.jus.gov.ar) , debe ser legalizado con la Apostilla de la Haya en el Colegio de Escribanos de las Provincias o en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto (Arenales 816. Ciudad Autónoma de Bs. As.-Tel.(011 48197000).
3. *PARTIDA DE NACIMIENTO: Una vez emitido el original por el Registro Civil Municipal, debe ser legalizado por:
· Dirección General de Registro Civil y Capacidad de las Personas de la Provincia (en Córdoba- calle Caseros 356)
· Colegio de Escribanos de la Provincia mediante aplicación de la “Apostilla de la Haya”.
4. Entregar su TARJETA DE INGRESO como turista, la cual es entregada por la autoridad migratoria cuando realizó su registro de ingreso al país (otorgado en frontera o aeropuertos, con el sello colocado por las autoridades)
5. Haber completado el FORMULARIO de pedido de autorización del Departamento de Policía Federal https://servicos.dpf.gov.br/sismigra-internet/faces/publico/tipoSolicitacao/acordoPermanenciaRegistroEmissaoCie.seam y realizar el agendamiento del turno.
6. Dos FOTOS actuales, 6x5 cm, a color, de frente, con fondo blanco.
7. Pagar ARANCEL: Comprobante de pago:
· de autorização de residência (Código 140066)
· de emissão da Carteira de Registro Nacional Migratório (Código 140120)
*Nota: Estos documentos tienen una validez de 90 días desde su expedición. Más informaciones y agendamiento de turno en: https://www.gov.br/pf/pt-br/assuntos/imigracao
Una vez presentados todos estos requisitos, la Policía Federal le entragará el Protocolo que es un documento de identidad provisorio y que demuestra que su RNM (Registro Nacional Migratorio) está en trámite. Posteriormente retirará en la misma Delegación de la Policía Federal su RNM.
TRÁMITE ANTE EL CONSULADO DE BRASIL
Podrá tramitarla en el Consulado con los siguientes requisitos:
1. Pasaporte
2. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES ARGENTINO: una vez emitido por Registro Nacional de Reincidencia, debe ser legalizado con la Apostilla de la Haya en:
· Colegio de Escribanos o en el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto (Arenales 816. Ciudad Autónoma de Bs. As.-Tel.(011 48197000)
3. Partida de nacimiento: Una vez emitido el original por el Registro Civil Municipal, debe ser legalizado por:
- Dirección General de Registro Civil y Capacidad de las Personas de la Provincia (en Córdoba- calle Caseros 356)·
- Colegio de Escribanos de la Provincia. Legalizar con la Apostilla de la Haya.
4. Comprobante de residencia: fotocopia del DNI o certificado expedido por la Policía de la Provincia.
5. Complete el Formulário de solicitud de visa que le permetirá generar su Recibo de Entrega de Requerimiento (RER). Deberá imprimir y firmar el RER, posteriormente pegar la fotografia indicada en el ítem 7). Al completar el formulario recuerde de guardar el código de recuperación del requerimiento porque esto le permitirá eventualmente editar su solicitud;
6. Una foto del requiriente en tamaño 6x5 cm, reciente, con fondo blanco y de alta calidad conforme los modelos de referencia;
7. Arancel: La tasa consular a abonar es de acuerdo a la tabla emolumentos consulares. Para mayores informaciones podrá consultar al correo visa.cordoba@itamaraty.gov.br. Tenga presente que luego de entrar a Brasil, esta visa deberá ser registrada en la Policía Federal, trámite en el cual deberá abonar el siguiente arancel: emissão da Carteira de Registro Nacional Migratório (R$ 204,77 – Código 140120)
Obs: El titular de la visa deberá realizar el registro de la visa https://www.gov.br/pf/pt-br/assuntos/imigracao/registrar-se-como-estrangeiro-no-brasil/formularios/capa ante la Delegación de la Policía Federal de Brasil más cercana al lugar de donde pretende residir, dentro de los 90 días de su ingreso a Brasil. Con el Registro de la Visa le será entregado el Protocolo, que es un documento de identidad provisorio y al mismo tiempo la constancia de que su cédula de Registro Nacional Migratorio (RNM) se encuentra en trámite. La Policía Federal le indicará cuando retirar su RNM.
Para solicitar/agendar atención presencial para este servicio deberá ingresar en el sistema e-consular habiendo digitalizado previamente todos los requisitos indicados anteriormente. ALERTA: Ingresando en el Sistema e-consular y Después de haber cargado todos los requisitos, recuerde de clicar finalmente el botón para que su solicitud pueda ser validada.
VITEM XIV - Nómada digital
Se refiere a inmigrantes sin relación laboral en Brasil, cuyo trabajo puede ser realizado de forma remota, denominada “nómada digital”. El nómada digital es el viajero que quiere trabajar a distancia residiendo en un tercer país. La acreditación de la condición de nómada digital debe realizarse mediante la presentación de un contrato de trabajo o de servicios, entre otros documentos que demuestren vínculo con empleador extranjero.
Requisitos:
a) Pasaporte válido con al menos dos páginas en blanco;
b) Declaración del solicitante que acredite la capacidad de ejercer sus actividades profesionales de forma remota, a través de tecnologías de información y comunicación;
c) Contrato de trabajo o de servicios u otros documentos que acrediten el vínculo con el empleador extranjero;
d) Comprobante de medios de subsistencia, de fuente pagada en el extranjero, por valor mensual igual o superior a US$ 1.500,00 (mil quinientos dólares de los Estados Unidos de América) y/o disponibilidad de fondos bancarios por valor de US$ 18.000,00 (dieciocho mil dólares americanos);
e) Certificado de antecedentes penales con apostillado (todos los lugares donde residió en los últimos 5 años)
f) Complete el Formulario de solicitud de vista que le permetirá generar su Recibo de Entrega de Requerimiento (RER). Deberá imprimir y firmar el RER, posteriormente pegar la fotografia indicada en el ítem d). Al completar el formulario recuerde de guardar el código de recuperación del requerimiento porque esto le permitirá eventualmente editar su solicitud.
g) Una foto del requiriente en tamaño 6x5 cm, reciente, con fondo blanco y de alta calidad conforme los modelos de referencia;
h) Comprobante de medio de transporte de entrada a Brasil;
i) Seguro médico válido en el territorio brasileño;
f) La tasa consular a abonar es de acuerdo a la tabla emolumentos consulares. Para mayores informaciones podrá consultar al correo visa.cordoba@itamaraty.gov.br;
g) Menores de edad: deberán presentarse ambos progenitores o responsables legales con la partida de nacimiento del menor, original apostillada y copia. Cuando alguno o ambos de ellos no puedan hacerlo deberá ser incluido documento justificativo (declaración judicial de ausencia; certificado de defunción; resolución judicial de guarda o tutela; autorización de viaje que incluya gestión ante reparticiones consulares).
h) A criterio de la autoridad consular podrá ser solicitada documentación adicional y/o entrevista con el candidato a la visa.
Para solicitar/agendar atención presencial para este servicio deberá ingresar en el sistema e-consular habiendo digitalizado previamente todos los requisitos indicados anteriormente. ALERTA: Ingresando en el Sistema e-consular y Después de haber cargado todos los requisitos, recuerde de clicar finalmente el botón para que su solicitud pueda ser validada.
RESIDENCIA PERMANENTE – ACUERDO BRASIL-ARGENTINA
TRÁMITE ANTE LA POLICÍA FEDERAL DE BRASIL (exclusivamente)
Usted deberá generar en Argentina los documentos indicados en los ítems 3) y 4), legalizarlos como se indica, y viajar a Brasil entrando en la condición de turista. Luego debe tramitar un turno ante la Delegación de la Policía Federal de Brasil más cercana a donde pretende residir, y llevar los siguientes requisitos, acompañados de copias simples:
1. D.N.I., Pasaporte o Certificado de nacionalidad expedido por autoridad consular.
2. Dos FOTOS actuales, 6x5 cm, a color, de frente, con fondo blanco.
3. Certificados de antecedentes penales de los países donde residió los últimos 5 años. * El CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES ARGENTINO lo emite el Registro Nacional de Reincidencia (www.dnrec.jus.gov.ar) y debe ser legalizado con la Apostilla de la Haya en:
· Colegio de Escribanos o en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto (Arenales 816. Ciudad Autónoma de Bs. As.-Tel.(011 48197000)
4. *PARTIDA DE NACIMIENTO: Una vez emitido el original por el Registro Civil Municipal, debe ser legalizado por:
· Dirección General de Registro Civil y Capacidad de las Personas de la Provincia (en Córdoba- calle Caseros 356)
· Colegio de Escribanos de la Provincia mediante aplicación de la “Apostilla de la Haya”.
5. Entregar su TARJETA DE INGRESO como turista, la cual es entregada por la autoridad migratoria cuando realizó su registro de ingreso al país (otorgado en frontera o aeropuertos, con el sello colocado por las autoridades)
6. Completar FORMULARIO provisto por el Departamento de Policía Federal https://servicos.dpf.gov.br/sismigra-internet/faces/publico/tipoSolicitacao/acordoPermanenciaRegistroEmissaoCie.seam?_ga=2.211502869.1047389158.1607958595-1229077689.1603714828
7. La Policía Federal de Brasil le tomará una Declaración jurada de que carece de antecedentes nacionales e internacionales, penales o policiales.
8. Declaración de correo electrónico y demás medios de contacto.
9. Pagar ARANCEL: Código 140066 (autorización de residência)
Código 140120 (emisión de RNM)
*Nota: Estos documentos tienen una validez de 90 días desde su expedición. Más informaciones y agendamiento de turno en: https://www.gov.br/pf/pt-br/assuntos/imigracao
Una vez presentados todos estos requisitos, la Policía Federal le entragará el Protocolo que es un documento de identidad provisorio y que demuestra que su RNM (Registro Nacional Migratório) está en trámite. Posteriormente retirará en la misma Delegación de la Policía Federal su RNM.