INVESTIGACIÓN, DOCENCIA O EXTENSIÓN ACADÉMICA (VITEM I) - SITIO EN CONSTRUCCIÓN
Elija, abajo, el tipo de visa para investigación, docencia, o extensión académica (VITEM I) que mejor se adapta a tu caso:
A - Extranjero SIN relación laboral con institución brasileña (RN 20/2017 e 27/2018 do CNIg)
VISA VÁLIDA POR: Hasta 1 año. PLAZO DE RESIDENCIA: Hasta 2 años.
PARA QUIEN ÉS ESTA VISA?
La VITEM I para investigación, sin relación laboral, podrá otorgarse al extranjero:
I. Beneficiario de una beca otorgada por fundaciones de apoyo a instituciones de educación superior e investigación científica y tecnológica, públicas o privadas, para realizar investigaciones en una institución brasileña de educación superior, pública o privada, reconocida por el “Ministério da Educação” u otras instituciones técnico-científicas nacionales reconocidas por el “Ministério da Ciência, Tecnologia e Inovação”;
II. Beneficiario de una beca financiada por el “Conselho Nacional de Desenvolvimento Científico e Tecnológico (CNPq)”, por la “Coordenação de Aperfeiçoamento do Pessoal de Educação Superior (CAPES)”, por la “Financiadora de Estudos e Projetos (Finep)”, u otras fundaciones públicas que apoyan la investigación;
III. Científico, investigador o profesional que viaje a Brasil en el marco de un convenio internacional, así reconocido por el Ministerio de Relaciones Exteriores;
IV. Que viaje a Brasil para participar en proyectos de investigación establecidos entre instituciones extranjeras o centros de investigación y desarrollo de empresas extranjeras con: a) empresa nacional; b) incubadora de empresas nacional; c) Institución Científica, Tecnológica y de Innovación (ITC); d) Centro de Innovación Tecnológica (NIT); e) fundación de apoyo; f) parque tecnológico; g) polo tecnológico; o h) instituciones públicas y privadas de enseñanza e investigación.
V. Científico, investigador o profesional que realice investigaciones no reguladas por el Decreto N° 98.830, de 1990; o
VI. Miembro de programa postdoctoral.
La VITEM I para docencia o extensión académica, sin relación laboral, podrá otorgarse al extranjero:
VII. Profesor, sin relación laboral con una institución brasileña, cuando sea mantenido por una institución de su país de origen o de procedencia, en el ámbito de un acuerdo interinstitucional o instrumento similar celebrado entre la institución de educación superior brasileña interesada y la institución de educación superior o de investigación extranjera; o
VIII. Beneficiario de una beca otorgada por una institución brasileña de educación superior, pública o privada, reconocida por el Ministerio de Educación.
DOCUMENTOS NECESARIOS:
i. Recibo de Entrega de Requerimento - RER (haga clic para ver un modelo);
ii. Pasaporte valido con al mínimo 2 hojas en blanco;
iii. Foto reciente, conforme las normas de la OACI (haga clic para acceder);
iv. Comprobante de pago de la tasa de procesamiento de la visa, original;
v. Comprobante de status legal en Paraguay (solamente para extranjeros no paraguayos), original y copia (una visa, sello migratorio en el pasaporte, tarjeta migratoria sellada o cédula de identidad paraguaya);
vi. Certificado de antecedentes penales/policiales (expedido en los últimos 90 días) de los países donde residiste los últimos 12 meses, apostillado o, si el país que expide el documento no es signatario del Convenio de la Apostilla de La Haya, legalizado.
vii. Para los casos del punto IV., arriba, ordenaza ("portaria") del "Ministério da Ciência Tecnologia e Inovação (MCTI)" que autoriza la actividad y la participación del requirente, publicada en el Diario Oficial de la Unión, acompañada de Término de Compromiso (haga clic para acceder) firmado;
viii. Para los casos de los puntos I., II. y VIII., arriba, declaración emitida por la institución responsable de financiar la beca del requirente que contega los datos del becario (nombre y número de documento) y de la beca (edital, valor, duracción y objetivo), acompañada de Término de Compromiso (haga clic para acceder) firmado;
ix. Para los casos del punto III., arriba:a) acuerdo internacional, memorando de entendimiento, protocolo adicional o documento equivalente, que mencione expresamente la viaje a Brasil del requirente; b) prueba de calificación o experiencia profesional compatible con la actividad que desempeñará en Brasil; y c) invitación al interesado, en la que se haga referencia al convenio internacional que sustente su llegada al país, así como a las condiciones de estancia, la actividad a realizar, el plazo previsto y la declaración de que no será remunerado por una fuente brasileña;
Para marcar una cita, usted deberá subir imágenes de los documentos en https://ec-deleste.itamaraty.gov.br/.
B - Extranjero CON relación laboral con institución brasileña (RN 24/2018 do CNIg)
VISA VÁLIDA POR: Hasta 1 año. PLAZO DE RESIDENCIA: conforme autorización del MJSP.
DOCUMENTOS NECESARIOS:
I. Recibo de Entrega de Requerimento - RER (haga clic para ver un modelo);
II. Pasaporte valido con al mínimo 2 hojas en blanco;
III. Foto reciente, conforme las normas de la OACI (haga clic para acceder);
IV. Comprobante de pago de la tasa de procesamiento de la visa, original;
V. Comprobante de status legal en Paraguay (solamente para extranjeros no paraguayos), original y copia (una visa, sello o DNI, por ejemplo); y
VI. Certificado de antecedentes penales/policiales (expedido en los últimos 90 días) de los países donde residiste los últimos 12 meses, apostillado o, si el país que expide el documento no es signatario del Convenio de la Apostilla de La Haya, legalizado.
Para marcar una cita, usted deberá subir imágenes de los documentos en https://ec-deleste.itamaraty.gov.br/
Custo: 2.250.000 guaranies.