CPF (Extranjeros / Foreigners)
Atendimento ao público somente com agendamento / Atención al público solamente con turno / Service by appointment only
EL CPF ES UN DOCUMENTO FISCAL (COMO EL CUIT/CUIL ARGENTINO) Y TENERLO NO AUTORIZA AL EXTRANJERO A VIVIR EN BRASIL.
TENER CPF PUEDE IMPLICAR OBLIGACIONES FISCALES/LEGALES ANTE LA "RECEITA FEDERAL DO BRASIL".
PARA VIVIR EN BRASIL ES NECESARIO TENER VISA O AUTORIZACIÓN DE RESIDÊNCIA. PARA INFORMACIÓN SOBRE ESE TEMA: https://www.gov.br/mre/pt-br/consulado-buenos-aires/vistos-1/importante/residencia-en-brasil
No necesitan CPF los extranjeros que viajan a Brasil por turismo, para ir de compras o para comprar por Internet.
Necesitan CPF, exclusivamente, los ciudadanos extranjeros que se encuadren el las siguientes situaciones:
I – residentes en Brasil que integren el lado pasivo de una relación tributaria principal o accesoria, en la condición de contribuyente o responsable, así como los respectivos representantes legales, en los términos de la legislación tributaria de la Unión, de los Estados, del Distrito Federal o de los municípios;
II – residentes en Brasil o en el exterior que:
a) realicen operaciones inmobiliarias de cualquier naturaleza en Brasil;
b) posean, en Brasil, cuentas bancarias, de ahorro o de inversión;
c) operen en el mercado financiero o de capitales en Brasil, inclusive en bolsas de valores, de productos, de futuros y opciones; o
d) posean, en Brasil, bienes y derechos sujetos a registro público o catastro específico, inclusive bienes inmuebles, vehículos, embarcaciones, aviones, instrumentos financieros y participaciones societarias o en el mercado de capitales;
III – tengan 12 (doce) años o más y estén registrados como dependientes en Declaración de Ajuste Anual del Impuesto sobre la Renta de Persona Física (DIRPF);
IV – cuya inscripción sea requerida por organismos o entidades de la administración pública federal, estatal, distrital o municipal, en los términos de la legislación propia referente a los negocios de dichos órganos y entidades;
V – inscritos en el registro civil de personas naturales en Brasil, en el momento de la emisión de la partida de nacimiento; o
VI – afiliados como asegurados de la Previdencia Social o postulantes de cualquier beneficio ante el "Instituto Nacional de Seguridade Social (INSS)".
Soy extranjero, como solicito el CPF desde el exterior?
Para solicitar registro en el CPF, el extranjero deberá seguir los pasos abajo:
I. El bloqueador de ventanas emergentes ("pop-up") del navegador debe estar deshabilitado, de lo contrario no será posible enviar la solicitud;
II. Acceda a la página https://servicos.receita.fazenda.gov.br/Servicos/CPF/cpfEstrangeiro/Fcpf.asp (haga clic para acceder). En el campo "Selecione o país", elija "Argentina", y haga click en "Ficha" (haga clic acá para ver la página);
III. En la página que sigue, complete el formulario y haga click en "Enviar". Deje los campos "Título Eleitoral" y "Data de saída do país" en blanco (haga clic para ver la página);
IV. Después que haga click en "Enviar", si el bloqueador de "pop-up" está deshabilitado, se abrirá una nueva ventana con tu "Ficha Cadastral de Pessoa Física (FCPF)". En la nueva ventana, haga click en "Imprimir" y imprima tu FCPF (haga clic para ver la página);
V. Solicite turno para "CPF - Extranjero" en el sistema e-consular (haga clic para acceder);
VI. En la fecha y hora indicadas, le solicitamos que se presente en el consulado con los documentos ORIGINALES que se enumeran a continuación. No se aceptarán copias en ningún caso:
a. "Ficha Cadastral de Pessoa Física (FCPF)" (haga clic para ver un ejemplo). Esta ficha deberá ser firmada en el consulado en presencia de la autoridad consular. La firma debe coincidir exactamente con la del documento de identidad presentado;
b. Documento de Identificación (Ejemplos: Pasaporte, DNI, Cédula de Identidad, Cédula de Ciudadania); y
c. Partida de Nacimiento. (Los documentos digitales solo serán aceptados si el consulado puede verificar su contenido completo de manera digital).
El menor de 16 años, debe comparecer al consulado en la compañía de un progenitor que sea titular de CPF.
Los extranjeros que solicitan visa temporaria (VITEM) para residencia, estudios, trabajo, o reunión familiar pueden presentar la solicitud de CPF juntamente con la solicitud de visa, no es necesario agendar dos turnos distintos.
Solicitudes de alteración, regularización, cancelación, restauración y consulta de CPF debén ser enviadas a la "Receita Federal do Brasil" por la dirección de correo electrónico cpf.residente.exterior@rfb.gov.br.
Dudas frecuentes:
- En caso de que aparezca el mensaje de "alerta de seguridad", acepte y siga en la página.
- El formulario, al hacer clic en "enviar", genera un archivo de la "Ficha Cadastral de Pessoa Física (FCPF)" con el "código de solicitud". Si al hacer clic en “enviar” no se abre otra ventana, será necesario que cambie las configuraciones de su navegador para habilitar las ventanas emergentes ("pop-up").
- Para dudas o consultas, escriba a la dirección de correo electrónico cpf.baires@itamaraty.gov.br.
Como verifico si mi CPF está listo?
Cada solicitud de CPF posee un código de atención ("código de atendimento", en el FCPF), que es único. Ese código permite acompañar la solicitud desde la página web de la "Receita Federal do Brasil (RFB)": https://servicos.receita.fazenda.gov.br/servicos/cpf/consultaandamento/ConsultaAndamento.asp
En el menu "Local de Atendimento", seleccione la opción "Ministério das Relações Exteriores".
En el campo "Data de Atendimento", informe la fecha indicada en el campo "17 - Data Solicitação" de tu FCPF.
Cuando el trámite esté concluido, la página cargada después de hacer clic en "Consultar" ofrecerá la opción de imprimir tu comprobante de inscripción haciendo clic en el botón "Comprovante de inscrição".
PLAZO DE PROCESAMIENTO: 10 días laborales.
Soy extranjero, como solicito el CPF si estoy en Brasil?
Para los extranjeros que se encuentran en Brasil, el trámite es realizado ante la Receita Federal y empeza por completar el formulario disponible acá: https://servicos.receita.fazenda.gov.br/Servicos/CPF/InscricaoCpfEstrangeiro/.
Después de completado el formulario, se cargará una página informando la documentación que debés presentar ante una sucursal de la "Receita Federal" dentro de 90 días.
Dudas sobre CPF para extranjero que se encuentra en Brasil debén ser dirigidas a la Receita Federal por los contactos disponibles en este enlace: https://www.gov.br/receitafederal/pt-br/canais_atendimento.
Que hago si tengo dudas sobre CPF?
Contactenos por la dirección de correo electrónico cpf.baires@itamaraty.gov.br.