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Os 100 pontos de Brasília: Contribuições da América Latina e do Caribe para o Pacto Mundial sobre Refugiados
Texto original em espanhol e inglês
Los 100 puntos de Brasilia: Aportes de América Latina y el Caribe para el Pacto Mundial sobre Refugiados
Los países y territorios de América Latina y el Caribe, reunidos en Brasilia los días 19 y 20 de febrero de 2018, bajo el auspicio del Gobierno de Brasil, con el apoyo de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y la participación de otros organismos internacionales, de países observadores, organizaciones de la sociedad civil y representantes de la academia, compartimos el presente documento de experiencias regionales en materia de protección de personas solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado, refugiadas, desplazadas y apátridas en la región.
De conformidad con la Declaración y Plan de Acción de Brasil y la Declaración de Nueva York, los países de América Latina y el Caribe hemos venido favoreciendo el establecimiento y el fortalecimiento de los marcos normativos y las prácticas institucionales para la protección de personas solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado, refugiadas, desplazadas y apátridas. Reafirmamos la importancia del respeto del principio de no devolución y las garantías de debido proceso, la consolidación de los sistemas de asilo de calidad, la búsqueda de soluciones duraderas, la utilización de otras vías legales de admisión y el acceso a la documentación, los medios de vida y los servicios básicos, así como la gestión de casos con necesidades específicas de protección y el combate a la xenofobia y a la discriminación y la observancia de los derechos humanos.
Destacamos la importancia de velar por el respeto irrestricto, protección y promoción de los derechos humanos de las personas solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado, refugiadas, desplazadas y apátridas, con especial énfasis en los grupos en situación de vulnerabilidad. Subrayamos la necesidad de atender las causas que originan la búsqueda de protección internacional y robustecer las medidas para impulsar el desarrollo sostenible.
Reiteramos nuestro compromiso con la solidaridad regional, la cooperación sur-sur y la responsabilidad compartida para encontrar respuestas efectivas y predecibles para las necesidades humanitarias de las personas solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado, refugiadas, desplazadas y apátridas, así como para avanzar hacia soluciones duraderas. Resaltamos, en ese sentido, la importancia del diálogo regular y el intercambio de experiencias y buenas prácticas, a nivel regional y subregional, entre autoridades de América Latina y el Caribe; ejercicios que han derivado en iniciativas específicas para responder a distintos desafíos enfrentados por la región.
El presente documento refleja avances logrados a través de la implementación de la Declaración y del Plan de Acción de Brasil y trata de contribuir de manera significativa para el desarrollo y la aplicación del Pacto Mundial sobre Refugiados, teniendo en cuenta el sólido marco normativo elaborado por los países de América Latina y el Caribe para la protección internacional de personas solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado, refugiadas, desplazadas y apátridas, así como la generosa práctica estatal demostrada a través de múltiples iniciativas en la materia.
Este documento se basa en las consultas nacionales realizadas por los Estados como parte de la evaluación trienal de la Declaración y Plan de Acción de Brasil de 2014. Igualmente, se toman en cuenta las conclusiones y recomendaciones que surgieron de las consultas sub-regionales temáticas que tuvieron lugar en las ciudades de Buenos Aires, Quito y Nassau a fines de 2017, como parte del mismo proceso de evaluación trienal. En estas reuniones subregionales se documentaron iniciativas relativas a la implementación de los programas sobre asilo de calidad, soluciones duraderas, solidaridad regional con el Caribe y erradicación de la apatridia.
Este documento también contempla los planes estratégicos detallados en el Marco Integral Regional de Protección y Soluciones (MIRPS) acordado por seis países de la región – Belice, Costa Rica, Guatemala, Honduras, México y Panamá – mediante la adopción de la Declaración de San Pedro Sula (Octubre 2017). Consideramos el MIRPS como una iniciativa subregional pionera y dinámica que supone una aplicación práctica del CRRF (anexo I de la Declaración de Nueva York para los Refugiados y Migrantes) y contribuye al desarrollo del Pacto Mundial sobre Refugiados.
Este documento ilustra el éxito de la cooperación internacional en materia de protección internacional de refugiados y refleja la larga historia de responsabilidades compartidas entre los países de la región, iniciada con la Declaración de Cartagena sobre los Refugiados de 1984 e implementada mediante distintos acuerdos, programas y mecanismos, como la Conferencia Internacional sobre Refugiados Centroamericanos (CIREFCA), la Declaración de San José de 1994, la Declaración y el Plan de Acción de México de 2004 y sus programas de “fronteras solidarias”, “ciudades solidarias” y de “reasentamiento solidario”, la Declaración y el Plan de Acción de Brasil de 2014 y, más recientemente, el MIRPS en relación con la protección en países de origen, tránsito y de destino.
Teniendo como finalidad inspirar la actuación de los Estados dentro y fuera de la región conforme a las distintas realidades nacionales y regionales, en el contexto de las consultas formales relativas al Pacto Mundial sobre Refugiados que tendrán lugar en Ginebra, presentamos las siguientes iniciativas, experiencias y prácticas llevadas a cabo por uno o más países de América Latina y el Caribe, de acuerdo con la legislación nacional de cada país:
- Asilo de calidad
- La regulación a nivel constitucional del derecho de asilo y/o refugio.
- La adopción progresiva de normativa interna sobre protección de refugiados que incorpora los más altos estándares de derechos humanos y derecho internacional de los refugiados, y refleja las necesidades específicas de protección en razón de la edad, el género y la diversidad.
- La elaboración de lineamientos subregionales para la protección de personas solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado, refugiadas y apátridas, armonizando las normativas y mejorando los estándares nacionales, con el apoyo técnico del ACNUR.
- La incorporación en la normativa interna de la definición ampliada de refugiado propuesta por la Declaración de Cartagena sobre los Refugiados de 1984.
1) Acceso a la protección internacional
- La constitución de red de apoyo legal para los refugiados en la región entre las instituciones académicas, clínicas de apoyo legal, defensores del pueblo y organizaciones de la sociedad civil, con el fin de fortalecer las intervenciones en materia de apoyo legal gratuito y de calidad a las personas solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado y refugiadas.
- La organización de reuniones regionales para favorecer el intercambio de buenas prácticas sobre temas de preocupación común en relación con la protección de las personas solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado y refugiadas.
a) Acceso al procedimiento y no devolución
- La descentralización de los procedimientos de determinación de la condición de refugiado, desde la introducción de la solicitud, incluyendo la tramitación de los casos y la toma de decisión sobre las solicitudes del reconocimiento de la condición de refugiado, para así fortalecer el acceso al asilo en zonas fronterizas.
- La institucionalización de la representación legal y el patrocinio o la asistencia legal gratuitos en todas las instancias del procedimiento como herramienta para fortalecer el respeto de las garantías de debido proceso, el respeto de los derechos individuales, y para agilizar los mecanismos de decisión y sus fundamentaciones a través de Defensorías Públicas o Federales.
- La constitución de un órgano independiente para la revisión y/o apelación de las decisiones negativas adoptadas por las primeras instancias administrativas que cuente con personal especializado y con funciones exclusivas de revisión administrativa o judicial para garantizar el respeto de las garantías procedimentales y la correcta interpretación y aplicación de las leyes nacionales sobre protección de refugiados.
- La no detención administrativa de solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado por ingreso o permanencia irregular.
- La progresiva implementación de alternativas a la detención administrativa de personas solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado, a través de albergues, centros de estadía y recepción u otras medidas con atención a las necesidades específicas de los individuos, la unidad familiar y el respeto de los derechos humanos.
- El desarrollo de procedimientos de readmisión de refugiados y solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado.
b) Elevados estándares para la determinación de la condición de refugiado
- La implementación de programa de Control de Calidad del Asilo (QAI, por sus siglas en inglés) a fin de ofrecer una metodología sólida para alcanzar la máxima eficiencia y justicia de los procedimientos de determinación de la condición de refugiado.
- La puesta en marcha de programas de hermanamiento (twinning) entre autoridades encargadas de la protección de refugiados para fortalecer aspectos prácticos de atención y protección de las personas solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado y refugiadas.
- La inclusión en la normativa nacional de la posibilidad de solicitar al ACNUR su opinión técnica sobre las solicitudes para el reconocimiento de la condición de refugiado.
c) Protección complementaria
- La difusión del concepto de movilidad humana como elemento articulador de las distintas situaciones del movimiento de personas.
- La implementación de medidas de protección complementaria, incluyendo la facilitación de la concesión de visas, como por ejemplo, las visas humanitarias para personas necesitadas de protección internacional, de acuerdo con la legislación nacional.
- La concesión de visas humanitarias a personas afectadas por un desastre de origen natural y que abandonan sus países y el desarrollo de iniciativas en el marco de la agenda de protección de la iniciativa Nansen y la plataforma sobre desplazamientos por desastres.
2) Registro y documentación
- La compilación de datos cualitativos y cuantitativos sobre las personas solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado, refugiadas, desplazadas y apátridas, a través de recolección y análisis de información desagregada por sexo, edad y diversidad, y la elaboración de estudios demográficos y socioeconómicos para mejorar las respuestas de protección.
- La adopción de lineamientos regionales para la identificación de migrantes y personas necesitadas de protección internacional con el apoyo técnico del ACNUR y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), en el ámbito de sus respectivos mandatos.
- El desarrollo de protocolos de recepción y atención a personas retornadas así como de lineamientos para la identificación de personas con necesidades de protección en los centros de atención a migrantes retornados en país de origen.
a) Identificación y registro tempranos
- El establecimiento de procedimientos de identificación temprana, atención y protección para niñas, niños y adolescentes no acompañados o separados en puntos de frontera con el fin de brindar una tramitación prioritaria y ágil, considerando el interés superior de la niñez.
- El desarrollo de sistemas de registro unificados entre las autoridades encargadas de la protección de refugiados y las autoridades migratorias con el fin de garantizar la interoperabilidad de los datos, la mejor gestión de las solicitudes, la protección de las personas contra la detención y la devolución, así como la emisión más rápida de documentación.
- La institucionalización de unidades de registro especializadas que aseguren una mejor coordinación entre todos los actores y una mayor cercanía a las personas solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado y refugiadas, permitiendo más claridad y una mejor identificación de necesidades y vulnerabilidades.
- El fortalecimiento de centros de atención en el país de acogida para el establecimiento de procedimientos tempranos de identificación, orientación y referencia a personas con necesidades de protección.
b) Documentación
- La emisión de documentación a las personas solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado y refugiadas con prontitud, desde el primer contacto con las autoridades y la interposición de una solicitud, y la inscripción en el registro civil y entrega de cédula de identidad, con el fin de garantizar la no devolución, el acceso a los servicios básicos y los derechos.
- El otorgamiento de una documentación provisional o una documentación equivalente a las personas solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado, gratuita y renovable, válida desde la presentación de la solicitud hasta la decisión sobre el caso, que permita la estadía legal en el país y proteja contra la devolución.
- La omisión de la mención de condición de persona solicitante del reconocimiento de la condición de refugiado o refugiada en los documentos de identidad con el fin de evitar posibles instancias discriminatorias y favorecer el acceso a los derechos y servicios básicos para las personas solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado y refugiadas.
- La posibilidad de que, ante la carencia de documentos de identidad, las personas solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado puedan demostrar su identidad a través de medios alternativos, como una declaración jurada ante la autoridad competente.
II. Soluciones duraderas con énfasis en integración local
- La implementación de políticas públicas, incluyendo programas sociales y de inclusión social para la protección de personas refugiadas, sin discriminación, que incluyen estrategias integrales para la búsqueda de soluciones duraderas a nivel nacional o local.
- La implementación de programas de reasentamiento solidario, y de nuevos mecanismos innovadores de Protección en Tránsito (PTA por sus siglas en inglés) y de evacuación humanitaria para proteger a personas en alto riesgo.
- El desarrollo de marcos legales en cumplimiento de los estándares internacionales para la protección de las personas desplazadas.
1) Integración local
- La implementación por parte de las ciudades y de los gobiernos locales de programas y proyectos para promover la efectiva protección e integración de las personas refugiadas, dando un nuevo impulso al programa de Ciudades Solidarias.
- La cooperación entre los Gobiernos y los actores humanitarios, incluyendo autoridades locales para la ejecución de programas nacionales de asistencia humanitaria y orientación social para personas solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado y refugiadas.
- El acompañamiento a autoridades locales en el diseño de respuestas específicas para la población desplazada y con necesidades de protección en los componentes de prevención, asistencia, protección y soluciones duraderas.
- El desarrollo de programas de formación técnica para incluir la respuesta al desplazamiento forzado en los planes municipales con el fin de garantizar el acceso a la oferta de servicios del Estado promoviendo la integración local.
- El establecimiento de centros de acogida y de paso en los países de origen para orientar a retornados con necesidades de protección y el acceso a la oferta estatal.
a) Dimensión legal de la integración
- La emisión de documentos provisionales que brindan acceso efectivo e inmediato a derechos, incluyendo al empleo formal y a servicios básicos.
- El carácter gratuito del procedimiento de determinación de la condición de refugiado y de los trámites para la obtención de visas y permisos, incluido el de trabajo.
- El otorgamiento por los gobiernos de los estados, provincias, ciudades o municipios de asistencia y servicios a las personas refugiadas y migrantes, independientemente de su condición migratoria, reconociéndolas como sujetos de derechos.
- La facilitación del acceso a la residencia permanente de las personas refugiadas, como mecanismo que promueve mayor integración local.
- La determinación que los plazos para obtener la residencia permanente o la naturalización comienzan a partir del momento de la presentación de la solicitud del reconocimiento de la condición de refugiado.
- La reducción de los costos de los procedimientos para facilitar la naturalización de las personas refugiadas.
- La implementación de programas de regularización de personas bajo estatuto de protección temporal humanitaria.
b) Dimensión Socioeconómica de la Integración
- El reconocimiento del derecho al trabajo para las personas solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado.
- La concesión de documentos que otorgan acceso a derechos económicos, sociales y culturales, inclusive a programas de solidaridad o prestación de servicios.
- El desarrollo de programas nacionales relativos a la inserción al mercado laboral y la responsabilidad social empresarial que apoyan a las personas refugiadas.
- El reconocimiento de los títulos de estudio y grados académicos conseguidos en el país de origen.
- La posibilidad de acceso de las personas refugiadas a programas de vivienda.
- La implementación de programas para asegurar el alojamiento, albergue y atención psicológica para personas desplazadas, refugiadas y migrantes. En algunos países, se da prioridad a los niños, niñas y adolescentes y otros grupos con necesidades específicas de protección.
- La descentralización y la coordinación entre las municipalidades y los gobiernos locales en el tema de integración y radicación en el territorio para asegurar el acceso de las personas desplazadas y refugiadas a programas de vivienda, educación y salud a nivel local y territorial.
- La promoción de políticas y programas de inclusión social, acceso a vivienda pública y al sistema de salud, incluyendo la documentación expedita para acceder a una serie de derechos sociales, tales como subsidios y formación profesional y vocacional.
- La exención de demostrar el estatuto migratorio, inclusive las apostillas del país de origen, para matricularse a la escuela, validar los títulos de estudios y grados académicos conseguidos en el país de origen y participar en programas de aprendizaje del idioma local.
- La enseñanza del idioma del país de acogida de manera gratuita para facilitar la integración local.
- El desarrollo y el acceso de sistemas de información sobre los derechos y servicios para personas desplazadas, solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado y refugiadas.
- El desarrollo de mecanismos de referencia e inclusión de las personas desplazadas y refugiadas en los programas y servicios locales evitando la creación de sistemas paralelos.
- El acceso gratuito a servicios de salud y de educación para las personas solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado y refugiadas.
c) Dimensión sociocultural de la integración
- La participación activa de personas desplazadas, solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado y refugiadas en las evaluaciones de los programas específicos diseñados para su atención, protección y soluciones, incluyendo la evaluación trienal de Plan de Acción de Brasil y las consultas nacionales para la adopción del MIRPS.
- La participación de las organizaciones confesionales y otras organizaciones relevantes de la sociedad civil en las consultas nacionales para la adopción del MIRPS y en la elaboración de propuestas de acción regionales.
- El desarrollo de proyectos de sensibilización de la comunidad de acogida y promoción de la participación ciudadana para facilitar la integración local de las personas desplazadas y refugiadas.
- La expansión de la cátedra Sergio Vieira de Mello a través de la Asociación de Universidades del Grupo de Montevideo para difundir conocimientos sobre la protección internacional de los refugiados y facilitar el acceso de refugiados a la enseñanza universitaria y del idioma local.
- La capacitación de maestros y directores de escuelas para crear un ambiente inclusivo en escuelas.
- El desarrollo de proyectos destinados a incluir a las personas refugiadas en las comunidades de acogida a través de eventos culturales, campañas de sensibilización y comunicacionales y actividades de capacitación.
2) Otras vías legales de admisión
- La concesión de medidas de protección complementaria tales como permisos de residencia temporales o humanitarios o el otorgamiento de residencia permanente a personas necesitadas de protección internacional, de acuerdo a la legislación nacional.
- La implementación de programas de visas humanitarias para personas en áreas de conflicto armado para facilitar la salida de su país de origen o de los países vecinos, favoreciendo la coordinación y el apoyo entre distintos actores de la sociedad civil, individuos privados y los gobiernos federales y locales, como en el caso sirio.
3) Reasentamiento
- El desarrollo del programa de reasentamiento solidario que beneficia tanto a personas refugiadas provenientes de la región y de otras partes del mundo, y que incluye acceso a la programas de vivienda.
- La implementación del “reasentamiento rural” que incluye acceso a vivienda pública gratuita y beneficia tanto a las comunidades de acogida como a las personas refugiadas.
- El establecimiento de un Mecanismo de Protección en Tránsito (PTA, por sus siglas en inglés) para facilitar la salida de personas en alto riesgo en sus países de origen.
- El establecimiento de un mecanismo regional de traslado de refugiados a través del cual pueden realizarse los trámites necesarios para facilitar el reasentamiento entre países del Caribe.
III. Gestión de necesidades específicas de protección
1) Prevención y respuesta a la Violencia Sexual y de Género
- La incorporación en legislaciones nacionales de la persecución por motivos de género como motivo para el reconocimiento de la condición de refugiado o como criterio interpretativo.
- La creación de una Red Regional de Espacios Seguros con distintos actores para prevenir, detectar y combatir incidentes de violencia sexual y de género, así como el acceso de las personas sobrevivientes a servicios especializados de protección y asistencia durante todo el ciclo de desplazamiento.
- La atención especial a cuestiones de protección para las personas solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado y refugiadas frente a la explotación y abuso sexual (PEAS, por sus siglas en inglés) en zonas de frontera, reforzando los mecanismos de denuncia y acceso a la asistencia para las víctimas, teniendo en cuenta los enfoques diferenciados de edad, género y diversidad.
- La creación de casas de acogida para mujeres, niñas y niños sobrevivientes de violencia sexual, de género, y de otros tipos de violencia.
- La priorización de sobrevivientes de violencia sexual y de género en la implementación de un Mecanismo de Protección en Tránsito (PTA, por sus siglas en inglés) para facilitar su acceso a la protección internacional en terceros países.
- El ofrecimiento de labores de abogacía conjunta para la prevención de la violencia sexual y de género, y el acceso a la integración social y soluciones duraderas e integrales para mujeres, niñas y otras personas sobrevivientes de este tipo de violencia.
2) Niñez
- El establecimiento de procedimientos específicos con salvaguardas de protección en las solicitudes de reconocimiento de la condición de refugiado de niños, niñas y adolescentes no acompañados o separados de sus familias.
- El establecimiento de una red regional de funcionarios gubernamentales de enlace en materia de protección de niñas, niños y adolescentes migrantes y refugiados para promover la implementación de estándares y garantías para el acceso al procedimiento de determinación de la condición de refugiado y de determinación del interés superior del niño, incluyendo el derecho a no ser detenido y el derecho a la unidad familiar.
- La elaboración y aprobación de los Lineamientos Regionales de Actuación para la Protección Integral de la Niñez y Adolescencia en el Contexto de la Migración.
- El establecimiento de la Red Regional de Espacios Seguros, con el apoyo técnico del ACNUR, para mejorar la identificación de riesgos de protección en la niñez refugiada y en tránsito, y los mecanismos de coordinación de los servicios especializados de protección, prestados a lo largo del ciclo de desplazamiento.
- El establecimiento de protocolos nacionales para la protección de niñas, niños y adolescentes no acompañados solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado, promoviendo la búsqueda y reunificación familiar y el acogimiento familiar como alternativas a la detención de acuerdo al interés superior del niño.
- El establecimiento de procedimientos de determinación del interés superior del niño en coordinación y con el apoyo de ACNUR y de la sociedad civil, y con la participación de las comunidades, para garantizar el acceso priorizado, seguro y digno de niños y niñas y sus familias en un Mecanismo de Protección en Tránsito (PTA, por sus siglas en inglés).
3) Respeto a la diversidad y no-discriminación
- La creación de comisiones de diversidad que colaboran con los órganos encargados de la tramitación de las solicitudes del reconocimiento de la condición de refugiado.
- La realización de campañas de sensibilización para garantizar el respeto de la diversidad y la adaptación de los centros de recepción y prestación de servicios.
- El acceso de poblaciones en situación de vulnerabilidad a tratamientos de prevención y tratamiento contra el VIH de forma confidencial y segura.
- La incorporación en la legislación y las políticas públicas, según sea procedente, de medidas para prevenir la discriminación de las personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero e intersex (en adelante, LGBTI), promover su acceso seguro y digno al procedimiento de determinación de condición de refugiado y proteger sus derechos humanos.
- La elaboración de folletos de información sobre cómo acceder al procedimiento de determinación de condición de refugiado y medidas de protección y la puesta en marcha de iniciativas que favorecen el acceso a medios de vida de las personas en situación de vulnerabilidad, incluyendo LGBTI.
- La priorización de los casos de personas en situación de vulnerabilidad, incluyendo personas LGBTI, que hayan sufrido o corran el riesgo de sufrir vulneraciones graves de derechos humanos para acceder a protección internacional en terceros países a través de un Mecanismo de Protección en Tránsito (PTA, por sus siglas en inglés).
- La existencia de leyes que protegen los derechos de las personas mayores y de las personas con discapacidad son aplicadas igualmente a personas solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado, refugiadas y personas apátridas.
- La existencia de programas sociales para las personas mayores y personas con discapacidad benefician por igual a personas nacionales y a las personas solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado, refugiadas y apátridas.
IV. Apatridia
1) Prevención de la apatridia
- La capacitación de funcionarios gubernamentales en temas de nacionalidad y apatridia por medio de cursos regionales organizados por el ACNUR.
- La modificación de la normativa interna para interpretar de forma restrictiva las excepciones previstas al principio de adquisición de la nacionalidad por nacimiento en el territorio (ius soli), y la eliminación del requisito de avecindamiento para la adquisición de la nacionalidad (ius sanguinis).
- La adopción de normativa interna para salvaguardar la adquisición de la nacionalidad de los niños que, de otro modo, serían apátridas, frente a situaciones de vacíos legislativos.
- La adecuación del marco legal para permitir la inscripción tardía de nacimiento en consulados o embajadas en el extranjero.
- La implementación de proyectos que facilitan la inscripción tardía de nacimientos a través de la eliminación de barreras prácticas, estrategias de acercamiento a la comunidad, cooperación binacional y brigadas móviles interinstitucionales integradas por autoridades de gobierno, sociedad civil y el ACNUR.
- La utilización de la conferencia anual del Consejo Latinoamericano y del Caribe de Registro Civil, Identidad y Estadísticas Vitales (CLARCIEV) para intercambiar buenas prácticas para prevenir y solucionar los casos de apatridia en el ámbito del registro civil.
2) Protección de las personas apátridas
- La efectuación de procesos legislativos de revisión la normativa migratoria para regular diversos aspectos de protección, residencia legal, documentación y acceso a derechos de las personas apátridas migrantes que no son refugiadas.
- El desarrollo de proyectos de ley o la aprobación de leyes que establecen marcos de protección y procedimientos para determinar la apatridia, en línea con las recomendaciones del “Borrador de Artículos” del ACNUR, incluyendo: la asignación de competencia a las Comisiones Nacionales de Refugiados (CONARE); procedimientos especiales para niñas y niños no acompañados o separados de sus familias; la inexistencia de un plazo perentorio para presentar la solicitud; la posibilidad de iniciar el procedimiento de oficio, y de presentar la solicitud en forma verbal o escrita; la posibilidad de presentar una solicitud con independencia de la condición migratoria, y en diferentes zonas del país; procedimiento de determinación gratuito; asistencia jurídica gratuita al solicitante sin medios económicos; mecanismos de identificación y referencia al procedimiento de determinación de la condición de persona refugiada; medidas de coordinación con otros procedimientos administrados especiales, tales como el procedimiento de inscripción tardía de nacimientos; la prohibición de discriminación por razones de orientación sexual o identidad de género; la reunificación familiar; y la interpretación y aplicación de las normas de protección desde un enfoque de género, edad y diversidad.
3) Resolución de los casos de apatridia
- La adopción de reglamentos internos, la modificación de los existentes, o el diseño de proyectos de ley para facilitar la naturalización de las personas apátridas y refugiadas apátridas, eliminado o reduciendo la mayoría de los requisitos legales exigibles a los extranjeros en general.
- El otorgamiento de documentación de nacionalidad, a través de brigadas móviles binacionales, a personas que, a pesar de haber sido inscriptos al nacer, carecían de documentación de nacionalidad.
- La reinscripción como nacionales de niñas y niños que tenían derecho a la nacionalidad desde su nacimiento por medio de la flexibilización de los criterios interpretativos y de la adopción de reglamentos administrativos.
Brasilia, 20 de febrero de 2018.
The 100 Points of Brasilia:
Inputs from Latin America and the Caribbean to the Global Compact on Refugees
The countries and territories of Latin America and the Caribbean, assembled in Brasilia on 19 and 20 February 2018 under the auspices of the Government of Brazil, with the support of the Office of the United Nations High Commissioner for Refugees (UNHCR) and the participation of other international organizations, observer countries, civil society organizations and representatives of universities, come to share this document of regional experiences in protection of asylum-seekers, refugees, displaced and stateless persons in the region.
In accordance with the Brazil Declaration and Plan of Action and the New York Declaration, the countries of Latin America and the Caribbean have been supporting the establishment and strengthening of legal frameworks and institutional practices for the protection of displaced persons, asylum-seekers, refugees and stateless persons. We reaffirm the importance of respecting the principle of non-refoulement and due process guarantees, the consolidation of quality asylum systems, the search for durable solutions, the use of complementary legal means of admission, access to documentation, livelihoods and basic services, the management of cases with differentiated protection needs, the fight against xenophobia and discrimination and the observance of human rights.
We highlight the importance to ensure the unconditional respect, protection and promotion of the human rights of refugees, displaced persons, and stateless people, with particular attention to groups in a situation of vulnerability. We underline the need to address the causes for individuals to seek international protection and to strengthen the means to boost sustainable development.
We reiterate our commitment to regional solidarity, south-south cooperation and shared responsibility to find effective and predictable responses to the humanitarian needs of displaced persons, asylum-seekers, refugees and stateless persons, and to progress towards durable solutions. In this sense, we draw attention to the importance of continuous dialogue and the exchange of experiences and good practices at regional and sub-regional levels, between the authorities of Latin America and the Caribbean, which has resulted in specific initiatives to respond to different challenges faced by the region.
The present document reflects the progress achieved in the implementation of the Brazil Declaration and Plan of Action and significantly contributes to the development and implementation of the Global Compact on Refugees, in view of the solid legal framework established by the countries of Latin America and the Caribbean for the international protection of displaced persons, refugees and stateless persons, as well as the generous State practice demonstrated through multiple initiatives.
This document is based on the national consultations carried out by States as part of the triennial evaluation of the 2014 Brazil Declaration and Plan of Action. Likewise, it considers the conclusions and recommendations emanating from the thematic sub-regional consultations held in the cities of Buenos Aires, Quito and Nassau at the end of 2017, as part of the same triennial evaluation process. These sub-regional meetings documented initiatives related to the implementation of programs on quality of asylum, durable solutions, regional solidarity with the Caribbean and eradication of statelessness.
This document also takes into consideration the strategic plans detailed in the Regional Comprehensive Protection and Solutions Framework (MIRPS in the Spanish acronym) agreed by six countries in the region - Belize, Costa Rica, Guatemala, Honduras, Mexico and Panama - through the adoption of the San Pedro Sula Declaration (October, 2017). We consider the MIRPS to be a pioneering and dynamic sub-regional initiative to operationalize/practically apply the CRRF (Annex I of the New York Declaration for Refugees and Migrants) and to contribute to the development of the Global Compact on Refugees.
This document illustrates the success of international cooperation in the field of international refugee protection and reflects the long history of responsibility-sharing among countries of the region, initiated with the 1984 Cartagena Declaration on Refugees and implemented through distinct agreements, programs and mechanisms, such as the International Conference on Central American Refugees (CIREFCA); the 1994 San José Declaration; the 2004 Mexico Declaration and Plan of Action and its programs of "borders of solidarity", "cities of solidarity" and "solidary resettlement"; the 2014 Brazil Declaration and Plan of Action; and, most recently, the MIRPS in relation to protection in countries of origin, transit and destination.
With the purpose of inspiring State action within and outside the region, taking into account distinct national and regional realities, and in the context of the formal consultations of the Global Compact on Refugees that will take place in Geneva, we present the following initiatives, experiences and practices carried out by one or more countries in Latin America and the Caribbean, in accordance with the national legislation of each country:
I. Quality of asylum
- The regulation of the right to asylum and/or refugee protection at constitutional level.
- The progressive adoption of internal regulations on refugee protection that incorporate the highest standards of human rights and international refugee law, and reflects specific protection needs according to age, gender and diversity.
- The development of sub-regional guidelines for the protection of asylum seeking, refugee and stateless people, harmonizing regulations and improving national standards, with the support of UNHCR.
- The incorporation into internal regulations of the broader refugee definition proposed by the 1984 Cartagena Declaration on Refugees.
1) Access to international protection
- The establishment of a legal support network for refugees in the region, including academic institutions, legal aid clinics, ombudsmen offices and civil society organizations, in order to enhance free and qualitative legal support interventions to asylum-seekers and refugees.
- The organization of regional meetings to promote the exchange of good practices on topics of common concern in relation to the protection of asylum-seekers and refugees.
a) Access to the asylum procedure and non-refoulement
- The decentralization of refugee status determination procedures, inlcuding from the filing of the asylum application, through case processing, until the decision phase in order to strengthen access to asylum in border areas.
- The institutionalization of legal representation and sponsorship or free legal assistance in all instances of the procedure as a tool to strengthen respect for due process guarantees, respect for individual rights, and to streamline decision-making mechanisms and their foundations through Public or Federal Defenders.
- The constitution of an independent body to review and/or appeal the negative decisions issued by the first administrative instances, with specialized personnel and exclusive functions for administrative or judicial review in order to ensure compliance with procedural guarantees and with the correct interpretation and application of national laws on refugee protection.
- Refraining from administrative detention of asylum-seekers for irregular entry, and/or stay.
- The progressive implementation of alternatives to administrative detention of [migrants], asylum-seekers and refugees, through shelters, reception centers or other measures with due consideration of the specific needs of individuals, family unit and respect for human rights.
- The development of procedures for the readmission of refugees and asylum-seekers.
b) High standards for the determination of refugee status
- The implementation of the Quality Assurance Initiative Program (QAI) in order to offer a solid methodology to achieve maximum efficiency and justice in refugee status determination procedures.
- The implementation of twinning programs among asylum authorities to strengthen the practical aspects of assistance and protection of asylum-seekers and refugees.
- The inclusion in national legislation of the possibility of requesting UNHCR’s technical advice on claims for the recognition of refugee status.
c) Complementary Protection
- The dissemination of the human mobility concept as underpinning element of the different situations of people on the move.
- The implementation of complementary protection measures, including the faciliation of the granting of visas, such as humanitarian visas for persons in need of international protection, in accordance with national legislation.
- The granting of humanitarian visas to persons affected by natural disasters and who leave their countries, and the development of inticiatives within the framework of the Nansen initiative and the platform on disaster diesplacement
2) Registration and documentation
- The compilation of qualitative and quantitative data on asylum-seekers, refugees, displaced and stateless persons through the collection and analysis of information disaggregated by sex, age and diversity, and the development of demographic and socioeconomic studies to improve protection responses.
- The adoption of regional guidelines for the identification of migrants and persons in need of international protection with the technical support of UNHCR and the International Organization for Migration (IOM) in accordance with their respective mandates.
- The development of protocols for the reception and assistance of returnees, as well as guidelines for the identification of persons with protection needs in care centers for migrants who returned to the country of origin.
a) Early identification and registration
- The establishment of procedures of early identification, protection and care for unaccompanied or separated children or adolescents in border areas in order to provide priority and expeditious processing in light of the best interest of the child.
- The development of unified registration systems between asylum and migration authorities in order to ensure interoperability of data, better management of asylum claims, protection of persons against detention and refoulement, as well as a faster documentation issuance.
- The institutionalization of specialized registration units that ensure better coordination among all actors and greater proximity to asylum-seekers and refugees, allowing for more transparency and better identification of needs and vulnerabilities.
- The strengthening of care centers in the host country aiming at the establishment of early identification, orientation and referral procedures to persons with protection needs.
b) Documentation
- The prompt issuance of documentation for asylum-seekers and refugees starting from the first contact with authorities and the filing of the asylum application, and the registration in civil registries and the delivery of identity cards, in order to guarantee non-refoulement, access to basic services and rights.
- The granting of a provisional documentation or its equivalent to asylum-seekers, valid from the filing of the asylum application to the decision on the case, which allows for legal stay in the country and protection against refoulement.
- The abstention from reference to the status of asylum seeker or refugee on personal identity documents in order to avoid possible instances of discrimination and to favor access to basic rights and services for asylum-seekers and refugees.
- The possibility for asylum-seekers, when lacking personal identity documents, to prove their identity through alternative means, such as by means of an affidavit before competent authorities.
II. Durable solutions with an emphasis on local integration
- The implementation of public policies, including social welfare and social inclusion programs that benefit refugees, without discrimination, for the protection of refugees that include comprehensive strategies to find/search for durable solutions at the national or local levels.
- The implementation of solidarity resettlement programs, and of new innovative Protection Transfer Arrangement (PTA) and humanitarian evacuation programs to protect people in high risk situations.
- The development of legal frameworks in compliance with international standards for the protection of displaced persons.
1) Local Integration
- The implementation by cities and local governments of programs and projects to promote the effective protection and integration of refugees, thereby providing new momentum to the Cities of Solidarity program.
- Cooperation among governments and humanitarian actors, including local authorities, for the implementation of national programs of humanitarian assistance and social orientation for asylum-seekers and refugees.
- The support to local authorities in designing specific responses to the displaced population in need of protection in the areas of prevention, assistance, protection and durable solutions.
- The development of technical training processes to ensure the inclusion of the response to forced displacement within municipal plans, with the purpose of guaranteeing access to State services and promoting local integration.
- The establishment of reception/transit centers in the country of origin for the orientation of returnees with protection needs and for the access to state services.
a) Legal Dimension of Integration
- The issuance of provisional documents which provide effective and immediate access to rights, including formal employment and basic services.
- The free provision of refugee status determination procedures as well as procedures to obtain visas and permits, including work permits.
- The granting by governments of states, provinces, cities and municipalities of assistance and services to refugee and migrant persons, regardless of their migratory status, recognizes them as rights holders.
- The facilitation of access to permanent residency for refugees as means of promoting local integration.
- The decision that deadlines for the acquisition of permanent residency or naturalization begin to apply from the moment the application for refugee status determination is filed.
- The reduction of costs of the procedures to facilitate the naturalization of refugees.
- The implementation of regularization programs for persons under temporary humanitarian protection status.
b) Socio-Economic Dimension of Integration
- The recognition of the right to work to asylum-seekers.
- The issuing of a document that grants access to economic, social and cultural rights, including solidarity programs or the provision of services.
- The development of national programs related to labor market insertion and corporate social responsibility in support of refugees.
- The recognition of academic degrees obtained in the country of origin.
- The possibility for refugees to access housing programs.
- The implementation of programs that ensure housing, shelter and psychological attention for displaced persons, refugees and migrants. In some countries, priority is given to children and adolescents, and other groups with special protection needs.
- The decentralization and coordination between municipalities and local governments on integration and settlement in the territory, in order to ensure access of displaced persons and refugees to housing, education and health programs at the local and territorial levels.
- The promotion of policies and programs of social inclusion, access to public housing and health systems, including expedited issuance of documentation to promote access to a series of social rights, such as subsidies and professional and vocational training.
- The exemption of the obligation to show migratory status - including the apostille of the country of origin - to enroll in school, to validate academic degrees obtained in the country of origin, and to participate in local language learning programs.
- The provision of free of charge language classes in the country of asylum in order to facilitate local integration.
- The development and access to information systems on rights and services for displaced persons, asylum-seekers and refugees.
- The development of referral and inclusion mechanisms for displaced persons and refugees in local programs and services in order to avoid the creation of parallel systems.
- The provision of free of charge access to health services for asylum-seekers and refugees.
c) Socio-Cultural Dimension of Integration
- The active participation of displaced persons, asylum-seekers and refugees in evaluations of specific programs planned for their assistance, protection and solutions, including the consultations of the triennial evaluation of the Brazil Plan of Action and the participation of asylum-seekers, refugees, displaced persons and returnees with protection needs in the national consultations for the adoption of the MIRPS.
- The participation of faith-based and other relevant civil society organizations in the national consultations for the adoption of the MIRPS and in the elaboration of regional action proposals.
- The development of awareness-raising projects for the host community and the promotion of civic participation to facilitate local integration of displaced persons and refugees.
- The expansion of the Sergio Vieira de Mello Academic Consortium through the Montevideo Group of Universities, with the purpose of disseminating knowledge on the international protection of refugees and facilitating access of refugees to university education and to learning the local language.
- The training of teachers and schools principals to create an inclusive environment in schools.
- The development of projects aimed at including refugees in host communities through cultural events, awareness-raising and communication campaigns and capacity-building activities.
2) Other legal channels of admission
- The granting of complementary protection measures, such as temporary or humanitarian residence permits or the granting of permanent residency for persons in need of international protection, in accordance to national legislation. .
- The implementation of humanitarian visa programs for people in areas of armed conflict to facilitate their exit from their country of origin or from neighboring countries, thus favoring coordination and support among different actors from civil society, private individuals and federal and local governments, as in the Syrian case.
3) Resettlement
- The development of the solidarity resettlement program benefiting both refugees from within the region and those from other parts of the world that includes access to public housing.
- The implementation of "rural resettlement" that includes access to free public housing, benefiting both host communities and refugees.
- The establishment of a Protection Transfer Arrangement (PTA) to facilitate the departure of people in high risk situations in their countries of origin.
- The establishment of an intra-regional transfer mechanism for refugees in the Caribbean, to facilitate resettlement within the Caribbean.
III. Management of special protection needs
1) Prevention and response to Sexual and Gender-Based Violence
- The incorporation into national legislation of gender-based persecution as grounds for the recognition of refugee status or as criterion for interpretation.
- The creation of a Regional Network of Safe Spaces with different actors to prevent, identify and combat incidents of sexual and gender-based violence and the access of survivors to specialized protection services and assistance throughout the displacement cycle.
- A special attention to providing protection against sexual exploitation and abuse (PEAS) of refugees and asylum-seekers in border areas, strengthening complaints mechanisms and access to assistance for victims, with a differentiated approach according to age, gender and diversity.
- The creation of shelters for women, girls and boys survivors of sexual and gender-based violence and other types of violence.
- The prioritization of survivors of sexual and gender-based violence in the implementation of a Protection Transfer Arrangement (PTA) to facilitate their access to international protection in third countries.
- The provision of joint advocacy for the prevention of sexual and gender-based violence, as well as access to social integration and durable and comprehensive solutions for women, girls and other survivors of this type of violence.
2) Children
- The establishment of specific asylum procedures with protection safeguards for applications of unaccompanied or separated girls, boys and adolescents.
- The establishment of a regional network of government officials to liaise on the protection of migrant and refugee children and adolescents in order to promote the implementation of standards and guarantees of access to the asylum procedure and the determination of their best interest, including the right not to be detained and the right to family unity.
- The drafting and approval of the Regional Guidelines for the Comprehensive Protection of Boys, Girls and Adolescents in the Context of Migration.
- The establishment of the Regional Network of Safe Spaces with the technical support of UNHCR to improve the detection of protection risks to which refugee and in-transit children are exposed, and coordination mechanisms for the provision of specialized protection services throughout the displacement cycle.
- The establishment of national protocols for the protection of unaccompanied asylum seeking children to promote family tracing and reunification, and foster care as alternatives to detention, in accordance with the best interest of the child.
- The establishment of procedures for determining the best interest of the child in coordination and with the support of UNHCR and civil society, and with the participation of communities, in order to guarantee prioritized, safe and dignified access for children and their families in a Protection Transfer Arrangement (PTA).
3) Respect for diversity and Non-discrimination
- The creation of diversity commissions that collaborate with the institutions responsible for processing asylum claims.
- The launching of awareness-raising campaigns to ensure respect for diversity and the adaptation of reception and service provision centers.
- Access of persons in situations of vulnerability to prevention treatments and HIV treatment in a confidential and safe manner.
- The incorporation into legislation and public policies, as appropriate, of measures to prevent discrimination against lesbian, gay, bisexual, transgender and intersex persons (hereafter LGBTI), to promote their safe and dignified access to the asylum process and to protect their human rights.
- The development of information leaflets on how to access the asylum procedure as well as protection measures, and the implementation of initiatives that promote access to livelihoods for persons in situations of vulnerability, including LGBTI persons.
- The prioritization of cases of persons in situation of vulnerability, including LGBTI persons, who have suffered or are at risk of suffering serious human rights violations in accessing international protection in third countries through a Protection Transfer Arrangement (PTA).
- The existence of legislation protecting the rights of elderly people and persons with disabilities that apply equally to asylum-seekers, refugees and stateless persons.
- The existence of social benefits for elderly people and persons with disabilities that equally benefit nationals as well as asylum-seekers, refugees and stateless persons.
IV. Statelessness
1) Prevention of statelessness
- The training of government officials on matters of nationality and statelessness in regional courses organized by UNHCR.
- The revision of the internal regulations to allow for the restrictive interpretation of the exceptions to the principle of acquisition of nationality at birth on the territory (ius soli), and the elimination of the requirement of residency for the acquisition of nationality (ius sanguinis).
- The adoption of internal regulations to safeguard the acquisition of nationality by children who would otherwise be stateless due to legislative gaps.
- The adjustment of the legal framework to allow for late birth registration in consulates or embassies abroad.
- The implementation of projects that facilitate late birth registration through the elimination of practical barriers as well as strategies for approaching the community, bi-national cooperation and inter-institutional mobile brigades composed of government authorities, civil society and UNHCR.
- The use of the annual conference of the Latin American and Caribbean Council for Civil Registration, Identity and Vital Statistics (CLARCIEV) to exchange good practices on preventing and resolving cases of statelessness in the area of civil registration.
2) Protection of stateless persons
- The use of legislative processes to review migration legislation in order to regulate various aspects of protection, legal residence, documentation and access to the rights of stateless migrants who are not refugees.
- The drafting of bills or approval of laws that establish protection frameworks and procedures to determine statelessness, in line with the recommendations of UNHCR’s Draft Legislation, and include assigning of competences to the National Refugee Commissions (CONARE); special procedures for unaccompanied or separated children; the absence of a peremptory deadline to submit the determination request; the possibility to initiate the procedure ex officio, and to present the request verbally or in writing; the possibility of submitting a request regardless of the migratory status of the applicant and in different areas of the country; a free of charge determination procedure; free legal assistance to the applicant without financial means; identification and referral mechanisms to the refugee status determination procedure; coordination measures with other special administrative procedures, such as late birth registration; the prohibition of discrimination based on sexual orientation or gender identity; family reunification; and the interpretation and application of protection norms from a gender, age and diversity perspective.
3) Resolution of cases of statelessness
- The adoption of internal regulations, the revision of existing ones, or the drafting of bills to facilitate the naturalization of stateless persons and stateless refugees, eliminating or reducing most of the legal requirements demanded of foreigners in general.
- The granting of nationality documentation by bi-national mobile brigades to persons who, despite having been registered at birth, lack nationality documentation.
- The re-registration as nationals of children who had the right to nationality by birth through a flexible interpretation of criteria and the adoption of administrative regulations.
Brasília, February 20th, 2018.