Sistema Generalizado de Preferencias de EEUU
El Sistema Generalizado de Preferencias ("SGP") de Estados Unidos se notificó oficialmente a la Organización Mundial del Comercio (OMC) el 1 de enero de 1976. Actualmente beneficia a 119 países y territorios. Comprende 3.154 líneas arancelarias con exención total de aranceles a la importación. La mayoría son productos manufacturados y semimanufacturados (2.647 líneas arancelarias), junto con algunos productos agrícolas (507 líneas).
Se pueden encontrar más detalles sobre el funcionamiento del programa en el Manual preparado por la UNCTAD o en la base de datos de la OMC sobre los Arreglos Comerciales Preferenciales. La Oficina del Representante Comercial de los Estados Unidos (USTR) también proporciona una guía (“Guidebook”) actualizada regularmente y una compilación informal de los países y productos beneficiarios.
La fuente de referencia oficial es la Lista Arancelaria de EE.UU. (HTSUS), que presenta los productos que pueden acogerse al régimen preferencial de EE.UU., identificados por los símbolos "A" o "A*" junto al arancel "Free" en la columna "Special". El símbolo "A" indica que todos los países beneficiarios tienen la exención correspondiente. El símbolo "A*" indica que existen excepciones para determinados países, que deben consultarse en la sección "Notas generales" de la nomenclatura norteamericana.
Para beneficiarse de la exención, el importador del producto brasileño en los Estados Unidos debe completar el formulario “U.S. Customs and Border Protection” (CBP), registrando el prefijo "A" antes de la línea arancelaria, a fin de indicar la solicitud del beneficio otorgado por el SGP. El producto también debe cumplir con las reglas de origen estipuladas..
Revisión anual
Cada año, el USTR lleva a cabo un proceso de revisión del programa cuando existe la oportunidad de presentar peticiones para cambios en el esquema. Estas peticiones tienen fines específicos, tales como:
- Inclusión y exclusión de productos;
- Elegibilidad del país (evaluación de la elegibilidad de los beneficiarios del SGP en función de los criterios de elegibilidad del programa);
- Solicitud de “waiver” del Límite de Competitividad – CNL (manteniendo el beneficio para productos muy competitivos que representan un volumen significativo de importaciones estadounidenses).
Para las empresas interesadas, es necesario monitorear cuidadosamente la publicación del aviso sobre cada proceso de revisión, publicado en el “Federal Register” en los primeros meses de cada año, también destacado en el sitio web del USTR.