Reformando el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas
En 1945, cuando el mundo salía de un conflicto que segó la vida de 50 millones de personas, la comunidad internacional creó la Organización de las Naciones Unidas (ONU), concibiendo un sistema intergubernamental para tomar medidas en cuestiones de paz y seguridad, que tiene el Consejo de Seguridad como su órgano central.
El Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas tiene como su responsabilidad principal mantener la paz y seguridad internacional, además de capacidad jurídica para autorizar el uso de la fuerza para hacer cumplir sus decisiones en caso de amenaza a la paz, ruptura de la paz o acto de agresión. El órgano es compuesto por 15 miembros, diez no permanentes, electos por la Asamblea General de las Naciones Unidas (AG) para mandatos de dos años (sin posibilidad de reelección inmediata), y cinco miembros permanentes, que poseen el poder de veto (China, Estados Unidos, Francia, Reino Unido y Rusia).
La composición y la estructura del Consejo retrata el contexto posterior a Segunda Guerra Mundial, con las potencias ganadoras del conflicto como miembros permanentes y siendo clara la subrepresentación de los países en desarrollo, en particular aquellos de la América Latina y África.
En la posguerra, eran 51 los miembros de las NN. UU. Hoy, son 193. A pesar de las importantes trasformaciones por las cuales el mundo pasó desde de la posguerra, la estructura del Consejo de Seguridad fue modificada solamente una vez: en 1965, con acrecimiento de miembros no permanentes, de seis a diez. Una estructura de gobernanza desfasada pone en riesgo la legitimidad del Consejo y, con esto, su efectividad.
El mundo no puede prescindir de un Consejo de Seguridad capaz de resolver las graves amenazas a la paz. El Consejo de Seguridad reformado debe reflejar la emergencia de nuevos actores – en particular de los países en desarrollo – capaces de contribuir para la superación de desafíos contemporáneos de la agenda internacional.
La reforma del Consejo de Seguridad es necesaria y precisa ser debatida no solamente en gabinetes o conferencias internacionales, pero por la sociedad en general.
Desde 2004, Brasil actúa en debates sobre la reforma del Consejo en coordinación con Alemania, India y Japón, en ámbito del G4. En la dirección https://www.gov.br/mre/pt-br/canais_atendimento/imprensa/notas-a-imprensa/declaracao-conjunta-a-imprensa-dos-ministros-de-relacoes-exteriores-do-g4-brasil-alemanha-india-e-japao-sobre-a-reforma-do-conselho-de-seguranca-das-nacoes-unidas-nova-york-25-09-2018 se puede encontrar la más reciente declaración ministerial del Grupo sobre el tema (versión en portugués).