Contratos de transferencia de tecnología - más información
Además de proteger sus activos, puede ser que usted desee licenciarlos para una empresa o para obtener una licencia para promover su negocio. Usted también puede preferir adquirir conocimientos no incluidos en derechos de propiedad industrial. Para que esas operaciones sean seguras y permitan la realización del pago al extranjero, existen contratos que se deben anotar y/o registrar en el INPI.
Los tipos de contratos existentes son las cesiones y las licencias de patentes, diseños industriales y marcas, además de asistencia técnica y adquisición de tecnología (know-how). También se registran las franquicias de negocios, garantizando de esa manera un acuerdo seguro y reconociendo validez ante terceros. Esta página explicará esos asuntos.
Licencia o cesión de derechos, adquisición de conocimiento y franquicia
Este ítem presenta los requisitos para los siguientes tipos de contratos:
1) Licencia para Uso de Marca: contrato que se destina a autorizar el uso efectivo, por terceros, en un período determinado, de una marca regularmente solicitada o registrada en Brasil.
2) Cesión de Marca: contrato que se destina a transferir definitivamente a terceros la titularidad de una marca regularmente solicitada o registrada en Brasil.
3) Licencia para Explotación de Patente: contrato para autorizar la explotación por terceros, en un período determinado, de una patente regularmente solicitada o concedida en Brasil, identificando la solicitud o patente concedida.
4) Cesión de Patente: contrato que se destina a transferir definitivamente a terceros la titularidad de una patente regularmente solicitada o concedida en Brasil, identificando el derecho, la solicitud o patente concedida.
5) Licencia Obligatoria de Patente: es una solicitud para suspensión provisional del derecho de exclusividad del titular de una patente solicitada o concedida en Brasil, identificando el derecho de propiedad industrial, según los artículos 68 a 74 de la Ley nº 9.279 de 1996.
6) Licencia para Explotación de Diseños Industriales: contrato para autorizar la explotación por terceros, en un período determinado, de la solicitud y/o registro de Diseños Industriales presentado en Brasil, identificando la solicitud y/o registro de Diseños Industriales.
7) Cesión de Diseños Industriales: contrato que se destina a transferir definitivamente a terceros la titularidad de una solicitud y/o registro de Diseños Industriales presentado en Brasil, identificando la solicitud y/o registro de Diseños Industriales.
8) Licencia de Topografía de Circuito Integrado: contrato para autorizar la explotación por terceros, en un período determinado, de una solicitud y/o registro de Topografía de Circuito Integrado presentado en Brasil, identificando la solicitud y/o registro de Topografía de Circuito Integrado.
9) Cesión de Topografía de Circuito Integrado: contrato que se destina a transferir definitivamente a terceros la titularidad de una solicitud y/o registro de Topografía de Circuito Integrado presentado y/o concedido en Brasil, identificando la solicitud y/o registro de Topografía de Circuito Integrado.
10) Licencia Obligatoria de Topografía de Circuito Integrado: es una solicitud para suspensión provisional del derecho de exclusividad del titular de una solicitud y/o registro de Topografía de Circuito Integrado, identificando el registro de Topografía de Circuito Integrado concedido en Brasil, según los artículos 47 a 54 de la Ley nº 11.484, de 2007.
11) Franquicia: Implica servicios, transferencia de tecnología y transmisión de estándares, además del uso de una marca o patente. El franquiciado deberá probar conocimiento de la Circular de Oferta, que es un documento producido por el franquiciante, de acuerdo con el artículo 3 de la Ley de Franquicia (nº 8.955/1994). La Circular de Oferta deberá incluir el historial resumido de la empresa, balances y declaraciones financieras de la empresa, perfil del “franquiciado ideal”; situación ante el INPI de las marcas y/o patentes involucradas. La Circular de Oferta de franquicia se deberá entregar al franquiciado hasta 10 días antes de la firma del contrato.
12) Adquisición de tecnología: contrato que estipula las condiciones para adquirir conocimientos y técnicas no respaldadas por los derechos de propiedad industrial solicitados o concedidos en Brasil (Know How). Están incluidos los contratos de licencia de uso de programas de computadora (software), a condición de que se establezca la apertura del código fuente, según los términos del artículo 11 de la Ley nº 9.609/98.
13) Servicios de Asistencia Técnica y Científica: contratos que pretenden obtener técnicas para elaborar proyectos o estudios y prestar algunos servicios especializados.
Porque no se caracterizan como transferencia de tecnología, según los términos del artículo 211 de la Ley nº 9.279/96, los servicios técnicos especializados son exentos de registro por el INPI, de acuerdo con la lista de servicios incluida en la Resolución nº 156/2015.
Conozca cuáles son los documentos necesarios para solicitar el registro de los contratos.
Cómo solicitar el servicio
Hay que realizar la solicitud a través del Formulario Electrónico de Contratos de Tecnología – e-Contratos. Para más información acerca del petitorio electrónico, acceda al Manual del Formulario Electrónico de Contratos de Tecnología en el paso 4 de la Guía Básica.
El Sistema e-Contratos está disponible en el sitio web del INPI en el enlace https://gru.inpi.gov.br/contrato/
Cómo funciona el proceso de registro
Al protocolizar un petitorio de cualquier tipo en el INPI (registro de contrato, factura, petición o consulta), el usuario recibe una numeración definitiva de su solicitud, según especificado en la Resolución nº 135/2014. Ese petitorio podrá ser reconocido (código 150 de notificación de la Revista da Propriedade Industrial – Gaceta del INPI) o ser considerado inexistente (código 140 en la Gaceta del INPI).
Se considerarán petitorios inexistentes (código 140 en la Gaceta del INPI) aquellos cuyos documentos presentados por el usuario no estén en conformidad con las disposiciones definidas por la IN nº 70/2017 y/o cuando la Guía de Pago del Gobierno Federal (GRU) relacionada con el pago de la tasa de los servicios no sea reconciliada. En ese caso, el usuario debe protocolizar un nuevo petitorio, observando los requisitos necesarios para el reconocimiento de la solicitud.
Los petitorios reconocidos (código 150 de notificación de la Gaceta del INPI) siguen para decisión del área técnica del INPI. La decisión se publica en hasta 30 días desde el día posterior a la notificación en la Gaceta del INPI. Las decisiones del área técnica incluyen la aprobación, solicitud de cumplimiento de exigencia o la denegación de los petitorios.
La aprobación de los petitorios, que implican la emisión del Certificado de Registro, es notificada en la Gaceta del INPI con el código 350. El documento emitido por el INPI se facilita en medio digital. Para emitir los certificados, acceda al sistema Busca Web.
Las respuestas a las consultas realizadas al área de Contratos también son notificadas en la Gaceta del INPI, mediante el código 155, y son acompañadas de una carta facilitada en el sistema Delivery, a través del sistema Busca Web.
Ojo: A partir de la Gaceta del INPI 2426 de 04/07/2017, todas las cartas se facilitarán solamente a través del sistema Busca Web, para el usuario que ha realizado el protocolo de la petición, en el sistema e-Contratos, o para el usuario de la empresa solicitante en el Faça uma Busca (Haga una Búsqueda), en el portal del INPI.
A partir del 4 de julio, las solicitudes de Fotocopia también ya no se entregarán impresas en papel, siendo realizadas exclusivamente a través del sistema Petición Electrónica y facilitadas por el Delivery para el usuario que ha emitido la GRU o para el usuario de la empresa solicitante en el servicio Faça uma Busca (Haga una Búsqueda), en el portal del INPI.
Los petitorios objeto de exigencia son notificados en la Gaceta del INPI a través del código 145 y los solicitantes son informados acerca del contenido de las exigencias formuladas por el INPI a través de cartas, que se facilitan electrónicamente en el sistema Busca Web.
El plazo para cumplimiento de las exigencias es de 60 días consecutivos, contados desde el día posterior a la fecha de publicación de la notificación del código 145 en la Gaceta del INPI. Caso no se cumplan las exigencias en el plazo (o caso el solicitante no solicite la renovación del plazo para el cumplimiento de las exigencias), los petitorios se archivan y eso es notificado con la publicación del código 185 en la Gaceta del INPI.
El área técnica del INPI también puede denegar los petitorios si no respetan las normas y procedimientos vigentes, y esa decisión es notificada mediante el código 130 en caso de petitorios de registro y código 135 para cualesquiera peticiones denegadas. En esos casos, el interesado puede presentar un recurso al presidente del INPI en hasta 60 días, contados desde la publicación en la Gaceta del INPI, mediante petición, aclarando las razones que basan el desacuerdo con la decisión.
El recurso presentado es notificado mediante el código 210 en la Gaceta del INPI para manifestación de terceros en el plazo de hasta 60 días consecutivos, contados desde el día posterior a la fecha de publicación. La decisión del recurso, a su vez, es notificada por el código 272.
Todas las manifestaciones de los usuarios (como solicitudes de renovación de plazo, cumplimiento de exigencia, recursos, presentación de adenda e información adicional) se deben hacer mediante petición electrónica protocolizada en el sistema e-Contratos.
En caso de aprobación del petitorio, se emitirá el certificado de registro y eso será notificado a través de la publicación del código 350 en la Revista da Propriedade Industrial (Gaceta del INPI). El documento emitido por el INPI se facilitará en medio digital. Para acceder a los certificados, acceda al sistema Busca Web.
Procedimientos por tipo de petición (servicios)
Este ítem presenta los tipos de peticiones y sus propósitos:
1) Consultas: petición para solicitar análisis preliminar de contrato, factura o adenda, o solicitar aclaraciones (haga clic aquí para obtener el procedimiento detallado).
2) Alteración de Certificado/Registro de Adenda: petición para solicitar alteración en certificado vigente (solicitudes que han sido publicadas como registros, nueva fecha de vencimiento, etc.) o petición para envío de Adenda (haga clic aquí para obtener el procedimiento detallado).
3) Alteración de Certificado (datos de registro): petición para solicitar alteración en los datos de las empresas, incluidos en un certificado vigente (haga clic aquí para obtener el procedimiento detallado).
4) Corrección de certificado por error del INPI: petición para solicitar corrección de un dato, por error del INPI, en un certificado vigente (haga clic aquí para obtener el procedimiento detallado).
5) Recurso: petición para solicitar, al Presidente del INPI, recurso contra una decisión publicada (haga clic aquí para obtener el procedimiento detallado).
6) Certificado: petición para solicitar una respuesta oficial acerca de los procesos existentes en los que una empresa participe como contratante (haga clic aquí para obtener el procedimiento detallado).
7) Duplicado de certificado: petición para solicitar el duplicado de un certificado emitido (haga clic aquí para obtener el procedimiento detallado).
8) Retirada de una solicitud/Archivo de un proceso: petición para solicitar la retirada de una solicitud que todavía no tenga certificado, o para solicitar el archivo de un proceso con certificado (haga clic aquí para obtener el procedimiento detallado).
9) Cumplimiento de exigencia: petición para enviar la información, documentos o procedimientos solicitados en una publicación de exigencia (haga clic aquí para obtener el procedimiento detallado).
10) Cumplimiento de exigencia en segunda instancia administrativa: petición para enviar la información y/o documentos solicitados en una publicación de exigencia de recurso (haga clic aquí para obtener el procedimiento detallado).
11) Otras: petición para cualquier solicitud que no tenga su petición específica (haga clic aquí para obtener el procedimiento detallado).
12) Renovación de plazo para cumplimiento de exigencia: petición para solicitar la prórroga del plazo para cumplimiento de exigencia, cuando no sea posible cumplirla en el plazo de 60 días (haga clic aquí para obtener el procedimiento detallado).
Pagos de royalties de asistencia técnica y científica al extranjero
El Certificado de Registro emitido por el INPI es necesario a la realización del Registro Declaratorio Electrónico de Operaciones Financieras (RDE/ROF) del Banco Central de Brasil a través del cual se efectúan los pagos al extranjero como royalties por la explotación de derechos de propiedad industrial y los pagos por know-how, asistencia técnica y científica y franquicia (Resolución BACEN nº 3.844/2010).
El Registro de Operación Financiera (ROF) equivale a los documentos de registro de capitales externos emitidos por el Banco Central para todos los fines legales, específicamente la Ley nº 4.131/64 y la Ley nº 9.069/95. La inclusión de información por el usuario en esa operación tiene carácter declaratorio, y él es responsable de su veracidad y legalidad.
Están sujetas al registro las operaciones de adquisición de tecnología, servicio de asistencia técnica, cesión de marcas y patentes, licencia de uso de marcas y de explotación de patentes, franquicias y servicios técnicos complementarios entregados por personas residentes en el extranjero, y otras modalidades de transferencia de tecnología, a condición de que contratadas con personas residentes o con domicilio en el extranjero.
Asesoramiento a la transferencia de tecnología
El INPI también entrega un servicio de asesoramiento a las empresas brasileñas en la adquisición de tecnología o para obtener licencias en Brasil y/o en el extranjero, de la siguiente manera:
Tecnológica
1) Preparando estudios e informes con respecto a las contrataciones de tecnología – en los sectores industrial y de servicios, basados en los registros hechos por el INPI – facilitándolos al gobierno y a los interesados, a fin de proporcionar subsidios para la formulación de las políticas sectoriales y gubernamentales específicas.
2) Realizando búsquedas específicas de patentes eventualmente disponibles con fines de licencia y/o identificando, seleccionando e indicando fuentes de adquisición de “know-how”, datos técnicos o asistencia técnica específica en el extranjero o en el territorio nacional.
Contractual
1) Facilitando a las empresas domiciliadas en Brasil datos y asesoramiento de técnicos calificados con amplia experiencia en análisis de contratos.
2) Recopilando datos y estadísticas con respecto a la forma de negociación y a los precios medios practicados en contratos de licencia y de transferencia de tecnología en sectores específicos, en los mercados nacional e internacional.
Conoza la historia de actuación del INPI en el área de Contratos.
¿Dudas?
Usted puede enviar preguntas con respecto a los aspectos técnicos del contrato a través del sistema Fale Conosco (Contacto).