Programa de computadora - más información
Novedades
Programa de computadora o software es un conjunto de instrucciones o declaraciones utilizadas directa o indirectamente por un ordenador, para obtener un cierto resultado. Es compuesto por un código-fuente, desarrollado en algún lenguaje de programación. El registro del programa de computadora en el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI), en razón de la Ley de Derecho de Autor (Ley nº 9.610/98), la Ley de Software (Ley nº 9.609/98) y del Decreto nº 2.556/98 es la manera más segura de asegurar su propiedad y probar su autoría.
Con la reestructuración en INPI al final del año de 2016, la División de Programas de Computadora y Topografías de Circuitos Integrados – DIPTO fue realojada en la nueva estructura de la Dirección de Patentes – DIRPA. Posteriormente, los estudios comenzaron a tratar de remodelar los sistemas para registrar programas de computadora y topografías de circuitos integrados, lo que resultó en una nueva visión comercial.
Hoy, el sistema de registro de software restaurado se ha vuelto completamente electrónico y automatizado (acceda al flujo del proceso de registro aquí), después de haber comenzado la producción en septiembre de 2017, a partir de la vigencia de la Instrucción Normativa nº 099/2019.
A partir de entonces, ya no se permitieron solicitudes y otros servicios de programa de computadora en el INPI en papel, solo electrónicos. Aquí se puede obtener una interesante comparación entre las características de las normas vigentes hasta y después del 11 de septiembre de 2017.
El nuevo sistema de registro de software en INPI, a través del formulario electrónico e-Software, implementa importantes innovaciones. Entre ellas, destacamos la firma electrónica y el algoritmo resumen hash.
La firma electrónica se realiza en los documentos Declaración de Veracidad – DV y Carta de Poder Electrónica (según el caso). En vista del sistema declaratorio, firmar electrónicamente estos documentos garantiza el nivel de seguridad jurídica necesaria al proceso, para asegurar, con alto grado de confianza, la autenticidad, la integridad y el no repudio de la autoría de esos documentos.
El algoritmo resumen hash, a su vez, un mecanismo de verificación de integridad de archivos ampliamente utilizado como prueba electrónica en informática forense, es la clave de esta ruptura de paradigma: debido a la adopción de esta tecnología, INPI ya no necesita almacenar documentación técnica confidencial (el CD que contiene el código fuente del software registrado) por 50 años. Ahora el titular del derecho deberá generar el algoritmo resumen con base en el archivo que contiene el código fuente del programa de computadora, transcribiendo el resultado en el formulario electrónico de solicitud y almacenar este archivo.
El algoritmo resumen hash aparecerá en el certificado de registro, y comprende el elemento más importante del registro del software: con la posesión de esta información que, en caso de demanda judicial, un experto técnico designado por el Juez solicitará el código fuente guardado por el titular del registro, generará el algoritmo resumen de esta documentación técnica, para entonces compararlas y asegurar, inequívocamente, si hubo o no modificación en el documento original, así como certificar (o no) la autoría del software.
Esas innovaciones han permitido un proceso de registro completamente no burocrático y automatizado, con seguridad jurídica y rapidez, a través de la emisión del certificado de registro dentro de hasta siete días hábiles.
En un año del sistema en producción, los resultados ya son alentadores: al comparar el número de registros solicitados en 2018 con los solicitados en 2017, hubo un aumento del 48.4% (fuente: AECON/INPI).
Se puede obtener más información en el Manual del Usuario para Registro Electrónico de Programas de computadora, que DIPTO pone a disposición y actualiza constantemente para ayudar a los usuarios en este nuevo sistema de registro.
Innovaciones
Algoritmo resumen hash – La función criptográfica hash es un algoritmo utilizado para garantizar la integridad de un documento electrónico, de modo que cualquier modificación en el texto original genera un resumen completamente diferente, lo que permite su uso para esta finalidad.
Para realizar el registro de un programa de computadora, es necesario promover la transformación, en algoritmo resumen hash, de los extractos del programa de computadora y otros datos que considere suficientes y relevantes para identificarlo, dejando la responsabilidad de la guarda del objeto con el titular del derecho. La presentación de la información del algoritmo resumen hash en el formulario electrónico e-Software, en el momento del registro, asegurará que el objeto no haya sido alterado durante el tiempo de esta guarda. Esta documentación técnica es esencial para caracterizar la originalidad del programa de computadora con el Poder Judicial, según el caso. Es importante reiterar: la guarda y el mantenimiento de la integridad de la documentación técnica serán realizados por el titular del derecho y serán fundamentales para su uso futuro como prueba digital, es decir, la información del algoritmo resumen y la descripción del algoritmo en el formulario electrónico e-Software serán fundamentales para la validación de este documento, guardado por la parte interesada, en el Poder Judicial. Un experto técnico puede asegurar inequívocamente al poder judicial si ha habido o no un cambio en el documento, así como la autoría del software.
Para comprobar la autoría de un programa de computadora (software) se necesitará presentar el objeto protegido, como el código fuente o partes de ese código, en juicio. Por lo tanto, el Certificado de Registro expedido por el INPI garantizará seguridad jurídica a los negocios del titular de derecho del software.
Se recomienda hacer copias de respaldo en un dispositivo de almacenamiento del titular de derecho, para garantizar la integridad del archivo a lo largo del tiempo.
Declaración de Veracidad (DV) – El solicitante del registro, ya sea él el propio interesado (titular del derecho) o su mandatario, deberá firmar digitalmente (certificado digital de la Infraestructura de Llaves Públicas de Brasil – ICP-Brasil) el documento DV electrónico, disponible para descarga en el momento de generación de la Guía de pago del Gobierno Federal (GRU) o en el formulario electrónico e-Software, que se hará disponible íntegramente con la información del solicitante, ya sea él el titular del derecho o el mandatario. Después de la firma electrónica (vea el ítem 2.6 del manual), ese documento será imperativamente adjuntado (cargado) al formulario electrónico e-Software. El DV es específico para el servicio solicitado y el servicio se relaciona con el número de la GRU emitida, o sea, habrá un DV único para cada solicitud de servicio de programa de computadora. Se puede obtener el DV a través del enlace “clique aqui” (haga clic aquí), abajo del botón “Adicionar Declaração de Veracidade” (Añadir Declaración de Veracidad), existente en el formulario electrónico o en el botón “Declaração de Veracidade” (Declaración de Veracidad) disponible en el módulo GRU, y una persona física o jurídica puede firmarlo digitalmente, ya que él ya es firmado digitalmente por el INPI.
Carta de Poder Electrónico – La Carta de Poder electrónica es un instrumento privado en el que el otorgante (titular del derecho) confiere poderes al otorgado (mandatario) para que utilice el sistema en línea de formulario electrónico e-Software en el INPI. El otorgante (titular del derecho) deberá firmar digitalmente (ICP-Brasil) la Carta de Poder electrónica. Después de esa firma, el otorgado (mandatario) deberá imperativamente firmar el documento DV y presentar los dos (Carta de Poder y DV) en el acto de relleno del formulario electrónico e-Software, cargando el documento (vea el ítem 2.6 del manual).
El otorgado deberá adjuntar el documento Carta de Poder con amplias competencias, preparado por el propio, al formulario electrónico e-Software, firmado digitalmente por el otorgante. El mandatario deberá señalar las competencias administrativas definidas en ese poder notarial en el formulario electrónico e-Software. El otorgado, al presentar por primera vez la Carta de Poder con amplias competencias a través del formulario electrónico e-Software, deberá señalar las competencias administrativas de la Carta de Poder presentada, lo que permitirá la solicitud de futuros servicios de registro de programa de computadora en el INPI:
- Solicitud de Registro de Programas de Computadora – RPC;
- Cambio en el nombre (persona física);
- Cambio en la Razón Social (persona jurídica);
- Cambio en la dirección;
- Revocación o Renuncia de la Carta de Poder;
- Corrección de datos en el Certificado de Registro debido a la falla de la parte interesada;
- Renuncia del Registro;
- Cambio en la Titularidad;
- Solicitud de levantamiento del sigilo.
Cuando haya sido presentada esa Carta de Poder con amplias competencias administrativas declaradas, el formulario electrónico e-RPC no requerirá posteriormente que una nueva Carta de Poder sea cargada para los mismos servicios señalados anteriormente para el mismo otorgante. El sistema e-INPI registra esa información en su base de datos para control interno.
¿Dudas?
Para dudas con respecto al registro de un programa de computadora o cuestionamientos acerca del progreso de procesos de registro, envíe un mensaje a través del sistema Fale Conosco (Contacto), seleccionando como asunto “Programa de Computador” (Programa de Computadora).