Transferencia de Tecnología
➤ ¿Por qué firmar contratos relacionados con propiedad industrial y tecnología?
➤ ¿Cuáles son los tipos de contratos que INPI anota o registra?
➤ ¿Cuáles son los efectos de la anotación?
➤ ¿Cómo se define el valor contractual?
➤ ¿Es obligatorio el registro del contrato de franquicia en el INPI?
➤ ¿Qué ley rige el sistema de franquicias y qué es la Circular de Oferta?
➤ ¿La marca es importante en el sistema de franquicia?
➤ ¿Dónde puedo presentar la solicitud?
➤ ¿Quién puede requerir anotación?
➤ ¿Cuál es la documentación a presentar en una solicitud de anotación?
➤ ¿Cuál es el tiempo de tramitación para la decisión del INPI?
➤ ¿Cuáles son los servicios que no son caracterizados como transferencia de tecnología?
¿Por qué firmar contratos relacionados con propiedad industrial y tecnología?
Además de proteger sus activos, puede que usted desee licenciarlos para una empresa o para obtener una licencia para promover su negocio. Usted también puede preferir adquirir conocimientos no incluidos en derechos de propiedad industrial. Para que esas operaciones sean seguras y permitan la realización del pago al extranjero, existen contratos que se deben anotar y/o registrar en el INPI.
Los tipos de contratos existentes son las cesiones y las licencias de patentes, diseños industriales y marcas, además de asistencia técnica y adquisición de tecnología (know-how). También se registran las franquicias de negocios, garantizando de esa manera un acuerdo seguro y reconociendo validez ante terceros.
¿Cuáles son los tipos de contratos que INPI anota o registra?
Los contratos anotados o registrados en INPI son:
Licencia para explorar patente y diseño industrial - contratos para autorizar terceros a exploraren el objeto de la patente o del diseño industrial registrada en Brasil.
Licencia de uso de marca - contracto para autorizar el uso efectivo, por terceros, de una marca regularmente depositada o registrada en Brasil.
Adquisición de tecnología - contrato que estipula las condiciones para adquirir conocimientos y técnicas no respaldadas por los derechos de propiedad industrial (know-how).
Servicios de asistencia técnica y científica - contratos que estipulan las condiciones para obtener técnicas, métodos de planificación y programación, así como investigaciones, estudios y proyectos para la ejecución o realización de servicios especializados. En estos contratos, se exige explicar el costo de tarifa/hora o tarifa/día detallado por tipo de técnico y por el servicio, el período esperado para la realización del servicio o la evidencia de que ya se ha realizado y el valor total de la realización del servicio, mismo si estimado.
Franquicia - implica servicios, transferencia de tecnología y transmisión de estándares, además del uso de una marca o derecho de propiedad intelectual. El franquiciado debe probar conocimiento de la Circular de Oferta, que es un documento producido por el franquiciante, de acuerdo con el artículo 1º de la Ley de Franquicia (nº 13966/2019).
Cesión de patente, diseño industrial y marca - implica la transferencia de propiedad y está sujeta a registro cuando se trata de una remuneración y el titular del derecho está domiciliado en el extranjero.
¿Cuáles son los efectos de la anotación?
- Legitimar las remesas de royalties al exterior, como pago por la tecnología negociada y adquirida;
- Permitir la deducción fiscal, según el caso, para la empresa que recibe la tecnología de las sumas pagadas como royalties y asistencia técnica;
- Producir efectos ante terceros.
¿Cómo se define el valor contractual?
En los contratos de licencia de patente, diseño industrial y marca, los tipos de pago normalmente negociados son: porcentaje recaudado sobre el precio neto de venta y el importe fijo por unidad vendida; en los contratos de adquisicíon de tecnología, la remuneración se establece de acuerdo con la negociación contractual, teniendo en cuenta los niveles de precios practicados a nivel nacional e internacional en contratos similares.
Ya en los contratos de servicios de asistencia técnica, se exigirá la explicación del costo de acuerdo con la tarifa por día o por hora detallado por la especialización del técnico y el valor total del servicio, mismo si estimado. En los contratos de franquicia, la remuneración normalmente estipulada es: tasa de franquicia, tasa de royalties (porcentaje sobre el precio neto de venta o de facturación); tasa de publicidad, además de otras tasas.
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¿Es obligatorio el registro del contrato de franquicia en el INPI?
El registro es necesario para los contratos cuyos franquiciantes están domiciliados en el extranjero y establecen pagos, siendo opcional para los contratos entre partes domiciliados en Brasil, garantizando un acuerdo seguro y dando validez ante terceros.
¿Qué ley rige el sistema de franquicias y qué es la Circular de Oferta de Franquicia?
La Ley nº 13.966 del 26 de diciembre de 2019 rige el sistema de franquicias.
La Circular de Ofertas de Franquicia constituye uno de los requisitos de la Ley Brasileña nº 13.966/2019 (artículo 2) y requiere que el franquiciante entregue al franquiciado diez (10) días antes de la firma del contrato definitivo para su análisis. Este documento debe incluir el histórico resumido de la empresa, los balances y los estados financieros de la empresa, el perfil del "franquiciado ideal", la situación ante la Oficina Brasileña de Propiedad Industrial – INPI de las marcas o patentes, otros derechos de propiedad intelectual y otros elementos.
¿La marca es importante en el sistema de franquicia?
Sí. La marca es el mayor patrimonio del franquiciante.
En el sistema de franquicia, así como en el sistema unitario, la marca es la propaganda del negocio. Es el eslabón de la red de franquicia. Vale recordar que una falla del franquiciado afectará toda la red, así como la marca
regresar al principio¿Dónde puedo presentar la solicitud?
OLa solicitud puede ser presentada exclusivamente a través de un protocolo en el sistema e-Contratos, en el portal del INPI.
¿Quién puede requerir anotación?
Cualquiera de las partes contratantes.
Las tasas con respecto a los Requerimientos de Registro de contratos se pueden obtener accediendo al submenú Custos e Pagamento [Costos y Pago], en el menú Transferência de Tecnologia [Transferencia de Tecnología].
Todos los requerimientos tienen una reducción de hasta 60% en el importe de la tasa a obtener por: microempresas, propietario único y empresas de pequeño tamaño, definidas así en la Ley Complementaria nº 123, de 14 de diciembre de 2006; cooperativas, definidas así en la Ley nº 5.764, de 16 de diciembre de 1971; instituciones educativas y de investigación; entidades sin ánimo de lucro, así como organismos públicos, cuando estén relacionados con actos propios
¿Cuál es la documentación a presentar en una solicitud de anotación?
Para solicitar el servicio, el solicitante debe arreglar los siguientes documentos:
Formulario de requerimiento de registro (debidamente llenado);
Guía de Pago del Gobierno Federal (GRU) – pagada;
Poder;
Carta adjunta;
Contrato y adenda o factura;
Traducciones (de todos los documentos en lengua extranjera); y
Registro de la(s) Empresa(s) Cesionaria(s) Brasileña(s).
¿Cuál es el tiempo de tramitación para la decisión del INPI?
30 días después de la fecha de publicación de la petición o solicitud de registro en la Gaceta del INPI, según el Artículo 211, párrafo único, de la Ley nº 9.279 de 14/05/1996.
¿Cuáles son los servicios que no son caracterizados como transferencia de tecnología?
Como no son caracterizados como transferencia de tecnología, según los términos del Artículo 211 de la Ley nº 9.279/96, algunos servicios técnicos especializados no pueden ser registrados por el INPI. A continuación se presenta la lista no exhaustiva de esos servicios:
Agencia de compras, incluso servicios de logística (soporte al embarque, tareas administrativas relacionadas con la liberación aduanera, etc.);
Servicios realizados en el extranjero sin técnicos de la empresa receptora brasileña, que no generan cualesquiera documentos y/o informes, como, por ejemplo, procesamiento de productos;
Homologación y certificación de calidad de productos;
Consultoría en el área financiera;
Consultoría en el área comercial;
Consultoría en el área jurídica;
Consultoría para participación en licitación;
Servicios de marketing;
Consultoría remota, sin la generación de documentos;
Servicios de soporte, mantenimiento, instalación, ejecución, integración, implementación, personalización, adaptación, certificación, migración, configuración, parametrización, traducción o localización de programa de computador (software);
Servicios de capacitación para el usuario final u otro entrenamiento de programa de computador (software);
Licencia de uso de programa de computador (software);
Distribución de programa de computador (software);
Adquisición de copia única de programa de computador (software).
¿Cómo realizar pagos al extranjero derivados de la aprobación de los contratos de tecnología por parte del INPI?
Para remitir moneda extranjera como pago que involucra derechos de propiedad industrial, adequisición de tecnología, entrega de servicios de asistencia técnica y de franquicia, la empresa necesita formalizar un contrato y presentarlo al registro del INPI.
Después de la emisión del respectivo Certificado de Registro, la empresa puede, de conformidad con la Resolución BACEN nº 3.844/2010 y el Reglamento anexo III, proceder al Registro Declaratorio Electrónico – Registro de Operación Financiera (RDE/ROF) a través de transferencia de tecnología, accediendo a SISBACEN, por intermedio de una institución financiera o por sus propios medios.