Paso a paso para el requerimiento
Tramitación prioritaria | Legislación | Modalidades | Cuestionario |
Paso a paso | Respondiendo a las exigencias | Estadísticas |
Para requerir la tramitación prioritaria, se necesitan seguir las siguientes etapas:
Etapa | Acción |
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Antes del requerimiento |
Para requerir la tramitación prioritaria, se necesita ya tener una solicitud de patente presentada normalmente. Para obtener ayuda con la presentación, consulte la Guía básica de patentes en nuestro portal. En el momento de la presentación, el solicitante o su representante legal recibirá la numeración del proceso de patente que se utilizará en la etapa siguiente. El proceso debe estar publicado (¡o ser cualificado para publicación!) y el requerimiento de examen sustantivo debe estar pagado. |
Emita la GRU |
La primera etapa del requerimiento corresponde a la emisión de la Guía de Pago del Gobierno Federal (GRU) por medio del enlace: https://gru.inpi.gov.br/pag/. Se debe emitir la GRU aunque el servicio sea gratis. El Tipo de Servicio es Patente de Invención y Modelo de Utilidad. Se deben elegir el Servicio y el Objeto de la Petición de acuerdo con la modalidad pretendida. Finalmente, hay que indicar en el proceso administrativo el número de la solicitud de patente recibido en la presentación. Al confirmar el servicio, el solicitante recibirá el número de la GRU que se utilizará en la etapa siguiente. |
Pague la GRU |
Hay que pagar el costo del servicio. |
Llene el formulario electrónico |
La segunda etapa corresponde al relleno del formulario de requerimiento de tramitación prioritaria por medio del enlace https://gru.inpi.gov.br/peticionamentoeletronico/ (ya no se permite requerir la tramitación prioritaria en papel). El proceso comienza introduciendo el número de la GRU (generada en la etapa anterior). Confiera los Datos del Interesado y haga clic en Editar para añadir información o modificarlos. Si hay más interesados, añádelos a través del botón Añadir Interesado. Se deben adjuntar los documentos obligatorios descritos en la resolución que disciplina el tema. Es necesario declarar la veracidad de las informaciones. Al concluir el proceso, el requerimiento de tramitación prioritaria estará hecho. |
Siga el proceso |
El INPI evaluará los requerimientos de participación basado en la Resolución específica de la modalidad de tramitación prioritaria y basado en la Instrucción Normativa DIRPA nº 2/2020. La respuesta se emitirá en la Revista da Propriedade Industrial (RPI) en la Sección VI – Patentes, junto a los códigos de decisión administrativa de la serie 28. |