Nuevos códigos y procedimientos
La Tabla de Tasas de los servicios prestados por el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI), publicada en el Diario Oficial de la Unión el 07 de febrero de 2014, contiene nuevos códigos que abarcan las actividades del INPI dentro del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT) (Oficina Receptora (RO), Administración encargada de la búsqueda internacional (ISA) y Administración encargada del examen preliminar internacional (IPEA)). Nos gustaría informar los nuevos códigos y los respectivos procedimientos específicos adoptados, a saber:
Código 270 – Copia por página de documento relativo a la fase internacional del PCT (Reglas 44.3(b), 71.2 y 94.2): el solicitante podrá solicitar una copia de los documentos que se mencionan en el Informe de Búsqueda Internacional (de patente o no) por medio del correo electrónico pct@inpi.gov.br, indicando el número de la solicitud internacional, los documentos de interés y el tipo de la copia (papel o electrónica). Basado en los datos indicados, INPI emitirá un formulario informando el número de copias (páginas) y el importe correspondiente a pagar;
Código 287 –– Pago vencido según los términos del PCT (Regla 12.3(e); Regla 16 bis 2; Regla 45 bis 4(c) y Regla 58 bis 2): después de vencido el plazo de pago de las tasas de la solicitud internacional, el pago vencido será recibido según informado por el INPI en un formulario propio del PCT;
Código 291 – Reclamación por falta de unidad – búsqueda internacional y examen preliminar internacional según los términos del PCT (Reglas 40.2(e) y 68.3(e)): en caso de falta de unidad de la invención, el solicitante podrá pagar las tasas adicionales “bajo reclamación”, o sea, presentar argumentos en favor de la unidad de la invención o con relación al valor excesivo de las tasas adicionales. En este caso, la tasa de reclamación acompañará la tasa adicional de búsqueda/examen internacional (Código 267/269);
Código 292 – Suministro de lista de secuencia después de la solicitud de la Administración encargada de la búsqueda internacional según el PCT (Regla 13 ter.1.c): cuando la lista de secuencia en formato electrónico no es presentada junto con la presentación de la solicitud internacional, INPI, actuando como Administración Internacional, podrá solicitar que esa lista sea facilitada con fines de búsqueda internacional (Regla 13ter.1.a). En este caso, el suministro de la versión de la lista de secuencia en formato electrónico se deberá hacer por medio de pago de la tasa de suministro, según el valor y el plazo fijados en la notificación emitida por el INPI. Nos gustaría informar que, independiente de la presentación de la solicitud internacional (PCT) en INPI ser en papel, la lista de secuencia, en su caso, se podrá presentar en papel y/o en formato digital (CD). Para realizar una búsqueda internacional apropiada, se necesita que la lista de secuencia esté en formato electrónico.
Código 293 – Envío de tasas oficiales para una presentación de solicitud internacional de patente según los términos del PCT: sustituye el Código 802 de la Resolución INPI/PR nº 274, de 24 de septiembre de 2011.
Nos ponemos disponibles para cualesquiera aclaraciones necesarias a través del correo electrónico pct@inpi.gov.br.