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OPERACIÓN DE CONCENTRACIÓN
SG impugna operación relativa a las empresas DaVita y Brasnefro
La Superintendencia General del Consejo Administrativo de Defensa Económica (SG/CADE) envió al análisis del Tribunal Administrativo la operación relativa a la adquisición de Brasnefro por DaVita.
DaVita, subsidiaria brasileña de la empresa norte americana DaVita Inc, opera en Brasil en la prestación de servicios de diálisis para pacientes renales y hospitalizados. Por su parte, Brasnefro, empresa del Grupo Fresenius Medical Care (FMC), conglomerado alemán del mercado de salud, oferta servicios de diálisis para pacientes hospitalizados y crónicos en los estados de Rio de Janeiro, São Paulo, Minas Gerais, Bahia, Paraíba, Pernambuco y el Distrito Federal. Además de esos servicios, el Grupo FMC suministra también equipos para el tratamiento de diálisis en Brasil.
La operación resultaría en solapamientos horizontales, casos en que los agentes actúan en los mismos mercados relevantes, en la oferta de servicios de diálisis para pacientes agudos y crónicos.
En el caso de diálisis para pacientes agudos, aquellos internados en hospitales, el mercado relevante fue definido como estatal y presentó solapamientos en los estados de Bahia, Minas Gerais, Paraíba, Pernambuco, Rio de Janeiro, São Paulo y el Distrito Federal. En esos mercados, la SG/CADE concluyó que la operación no tendría efectos negativos sobre la dinámica competitiva. Además de haberse observado entradas en los mercados afectados, existen elementos de rivalidad suficientes para reducir la probabilidad de ejercicio de poder de mercado por parte de esas empresas.
Sin embargo, en el análisis del mercado de prestación de diálisis para pacientes crónicos, se consideró el desplazamiento de aquellos que necesitan trasladarse algunas veces por semana a clínicas especializadas. En ese sentido, el mercado geográfico fue definido de manera aproximada según los límites territoriales municipales.
En nueve de los diez mercados analizados en el sector de tratamiento de pacientes crónicos, la SG/CADE identificó altas concentraciones en las manos de las solicitantes, la presencia de barreras de entrada y una baja rivalidad, tanto en términos de número de competidores establecidos como en relación con la capacidad de estos para ejercer presión competitiva sobre los demás.
De esa forma, considerando la comprensión sobre los impactos potenciales de la operación, la SG/CADE se manifestó por la impugnación de la propuesta de la operación. Así, el proceso será enviado al Tribunal de la autoridad y asignado a un consejero. Posteriormente, el caso será juzgado por el Tribunal, responsable de la decisión final.