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Govesa y Kuruma firman acuerdo con el CADE y deberán pagar 2,4 millones de reales por práctica de gun jumping
El 8 de mayo, el Consejo Administrativo de Defensa Económica (CADE) aprobó dos acuerdos con las empresas Govesa Motors Veículos (GOVESA) y Kuruma Veículos (KURUMÁ) por ejecutar la adquisición de activos tangibles e intangibles sin la autorización del CADE, práctica conocida como gun jumping. Las partes deberán pagar 2.441.448,00 reales en contribuciones pecuniarias.
El CADE había conocido previamente el caso en septiembre de 2023. Durante la audiencia, el Tribunal analizó el procedimiento administrativo, iniciado por la Superintendencia General del CADE en 2019, que tenía como objetivo investigar operaciones de compra y venta de activos de las empresas involucradas en los últimos diez años. Estas transacciones incluyen la transferencia de marcas, tiendas, locales comerciales, maquinaria, vehículos, existencias de piezas, cartera de clientes, entre otros.
El Tribunal concluyó por unanimidad que la operación entre Govesa Motors Veículos, Peças e Serviços Ltda. (que fue adquirida por Govesa Goiânia Veículos en 2019) y Kuruma Veículos S/A es una concentración que requiere notificación obligatoria en un plazo de 30 días. Tras la decisión del CADE, las empresas notificaron el caso y la operación fue autorizada sin compromisos.
El 17 de abril de 2024, el consejero Gustavo Augusto, ponente del caso, continuó con la investigación para calcular la multa, dado que ya se había reconocido el gun jumping. En el momento de la audiencia, el consejero José Levi solicitó el acceso a los expedientes.
El 8 de mayo de 2024, los consejeros José Levi y Diogo Thomson informaron de que las partes habían presentado una propuesta de acuerdo para cerrar el caso.
El tribunal del CADE aprobó por unanimidad el acuerdo. La contribución pecuniaria asciende a 2.441.448,00 reales, dividida a partes iguales entre las partes. En caso de incumplimiento de las obligaciones acordadas, las empresas deberán pagar la multa señalada en el acuerdo.
Acceda a la Operación de Concentración n.º 08700.005463/2019-09.