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PROCESO ADMINISTRATIVO
CADE sanciona cártel en el mercado minorista de combustible en el estado de Santa Catarina
El miércoles 2 de agosto, el Consejo Administrativo de Defensa Económica (CADE) ha sancionado a las empresas Stang & Stang, Comércio de Combustíveis Stang, PPT Comércio de Combustíveis, Natal Comércio de Combustíveis, PS Combustíveis y a dos personas físicas que operaban en el mercado minorista de combustible, en las ciudades de Chapecó, Caçador, São Lourenço, Lajes y Concórdia, en el estado de Santa Catarina. Las multas impuestas ascienden a un total de 55 millones de reales.
En noviembre de 2020, la Superintendencia General del CADE comenzó a investigar el caso a partir de una denuncia del Ministerio Público de Santa Catarina.
Según la investigación, entre diciembre de 2016 y octubre de 2017, el socio del grupo de estaciones de servicio Delta estuvo en contacto con un propietario de una gasolinera de Chapecó para acordar ajustes de precios de gasolina, etanol y gasóleo en la ciudad. En consecuencia, aprovecharon la oportunidad para extender el acuerdo ilícito a otros municipios que tenían relación con el propietario de la gasolinera de Chapecó y a los que el grupo Delta distribuía combustible.
Las pruebas demostraban que las dos partes fijaban los precios a través de una aplicación de mensajería. Los mensajes también indicaban que las partes vigilaban el cumplimiento de los acuerdos y, ocasionalmente, había amenazas explícitas en caso de incumplimiento inmediato, especialmente en relación con el municipio de Chapecó.
El ponente del caso, el consejero Luis Braido, declaró en su voto que el acuerdo ilícito perjudicaba a la competencia y a los consumidores. "Podemos observar que las partes actuaron para acordar la fijación, manipular o ajustar precios con los competidores para bienes o servicios ofrecidos por separado, dando lugar a cambios considerables en los precios para los consumidores finales. Por lo tanto, la infracción tuvo un impacto negativo en el mercado", afirmó.
El Tribunal del CADE ha multado las empresas con más de 48 millones de reales y las personas físicas con más de 7 millones de reales. Además, como consta en el voto del consejero Gustavo Augusto, los miembros del Tribunal determinaron sanciones no pecuniarias a las personas implicadas. La medida tiene como objetivo garantizar el carácter disuasorio de los cárteles en el mercado minorista de combustibles, que a menudo está sujeto al juicio del CADE.
Acceda al Proceso Administrativo n.º 08700.005639/2020-58.