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CONSULTA
CADE evalúa la estrategia comercial de empresas de materiales de construcción
Empresas presentaron una consulta solicitando una manifestación de la autoridad sobre la estrategia comercial que pretenden aplicar conjuntamente
El 3 de abril, el Consejo Administrativo de Defensa Económica (CADE) analizó la consulta presentada por las empresas Cassol y Todimo, ambas operan en el sector de materiales de construcción. El Pleno del CADE tomó conocimiento de la investigación y por unanimidad concluyó que la estrategia comercial propuesta es aparentemente lícita desde el punto de vista de la competencia. También se entendió que esta estrategia no se caracterizaría como un contrato asociativo.
Las empresas presentaron una solicitud de evaluación al CADE relativa a la posibilidad de actuar conjuntamente para negociar las condiciones generales de suministro con sus principales proveedores. Para ello, las partes propusieron la creación de un comité de compras compuesto por sus miembros, que se encargaría de contratar a los proveedores y negociar con ellos, realizar los pedidos y gestionar las existencias.
Según las empresas, el acuerdo aumentaría su poder de negociación, al combinar volumen de ventas y una amplia variedad de productos. El resultado sería una mayor base de proveedores, un menor coste de transacción y, en consecuencia, una mejora del bienestar de los consumidores.
Aunque Cassol y Todimo operan en el mercado minorista de materiales de construcción, afirman no ser competidoras desde el punto de vista geográfico, ya que poseen empresas en municipios diferentes. En cambio, a escala nacional, las empresas son competidoras en la adquisición del mercado de materiales de construcción.
Carlos Jacques, consejero y ponente del caso, emitió un dictamen favorable y destacó la falta de pruebas de poder monopsonio. Jacques afirma que las empresas no compiten directamente en el ámbito municipal. Además, el concejero mencionó la menor cuota de mercado, así como las características del contrato y del mercado. Su voto fue seguido unánimemente por los miembros del Tribunal.
El consejero también subrayó que el riesgo de compartir información sensible desde el punto de vista de la competencia está mitigado en este caso, debido a las características del acuerdo.
Por último, Carlos Jacques, destacó que el Memorando de Entendimiento no constituye un acuerdo de asociación, ya que no existía una organización capaz de caracterizar una estructura de empresa conjunta ni un reparto de riesgos. Como afirmó, «para que conste, la decisión no afecta a la actuación del CADE en términos de control estructural, en caso de que los consultores no actúen dentro de los límites de su Memorando de Entendimiento, así como la posterior investigación a través del control de conducta».
Acceda a la consulta n.º 08700.001177/2024-23.