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OPERACIÓN DE CONCENTRACIÓN
CADE autoriza la adquisición del Atlético Mineiro SAF por el Grupo Conedi
La Superintendencia General del Consejo Administrativo de Defensa Económica (SG/CADE) aprobó la adquisición del Atlético Mineiro SAF, anteriormente propiedad del Clube Atlético Mineiro (CAM), a través de una sociedad de cartera de inversiones controlado por Conedi Participações. El 22 de septiembre la orden de autorización, sin restricciones, fue publicada en el Diario Oficial de Brasil.
El 1 de septiembre de 2023, CAM, Galo Holding y Atlético SAF firmaron un acuerdo relativo a la adquisición. Según el acuerdo, la CAM invertirá en el Atlético SAF con activos y pasivos, incluido el derecho de uso del estadio de fútbol Arena MRV. La sociedad de cartera contribuirá a las inversiones que se suscribirán en la ampliación de capital de Atlético SAF.
El Clube Atlético Mineiro, uno de los clubes de fútbol más tradicionales de Brasil, es una asociación civil de utilidad pública sin fines de lucro que no forma parte de ningún grupo económico. 2R Holding, sociedad de inversiones gestionada por Conedi Participações controlará Galo Holding, creada para esta operación.
Fundada en 2005, Conedi Participações es especializada en la promoción inmobiliaria, alquiler, gestión y venta de negocios. El principal apoyo financiero de Conedi procede de la gestión independiente, del grupo propietario de MRV Engenharia e Participações y del Banco Inter.
La Superintendencia General analizó el mercado brasileño de publicidad, patrocinio, derechos de comercialización de eventos deportivos y el mercado del fútbol para aprobar la operación. En el dictamen, la SG señaló que la transacción no excluiría mercados relacionados verticalmente. En cuanto al mercado estatal, la presencia de otros 40 equipos de fútbol en el estado de Minas Gerais refuerza la improbidad de problemas de competencia en un análisis geográfico más específico.
Las decisiones de la Superintendencia General serán definitivas y las operaciones totalmente aprobadas si el Tribunal del CADE no avocar el caso para análisis o si un tercero no interponer recurso en el plazo de 15 días.
Acceda a la Operación de Concentración n.º 08700.006273/2023-87.